Chiarella sobre condena a vendedores de drogas: “La sociedad necesita penas duras”
En referencia a la información cubierta y publicada días atrás por Sur24, sobre la condena a prisión de 17 personas por tráfico de estupefacientes, el intendente de Venado Tuerto, Leonel Chiarella, mencionó que continuará denunciando “estos actos delictivos para que se sigan desbaratando bandas que venden droga y que afectan a la seguridad de los venadenses”, recordando que en 2018 formalizó una denuncia indicando 10 lugares de venta de droga en la ciudad.
Cabe recordar que el jefe del ejecutivo local presentó una denuncia con nombres, apellidos, direcciones y fotografías de personas que en un principio se dedicarían a la venta de estupefacientes. Y una vez avanzado el proceso, declaró en la causa como testigo el pasado 21 de junio.
El intendente Chiarella declaró como denunciante y testigo contra vendedores de droga
“Este martes (21/06) me presenté a declarar como denunciante en el marco del juicio oral que se está llevando adelante en nuestra ciudad en contra de diferentes bandas que operaban en distintos barrios con venta de estupefacientes”, señaló en ese momento Chiarella luego de su exposición ante la justicia.
El mandatario recordaba que esta declaración reafirma la presentación que realizó en 2018 ante el Juzgado Federal venadense, con información sobre 10 lugares de venta de droga en la ciudad, denuncia en la que adjuntó fotos y nombres de personas dedicadas a este delito.
En este sentido, hoy señaló: “Esperamos que la Justicia acompañe nuestros esfuerzos; la sociedad necesita penas duras con el fin de que estos delincuentes no vuelvan a recuperar la libertad en poco tiempo”, haciendo referencia al fallo resuelto en el marco del primer Juicio oral y público federal desarrollado en Venado Tuerto.
La investigación
Aurelio Cuello Murúa como Juez y Javier Arzubi Calvo como fiscal, iniciaron las actuaciones el 7 de octubre de 2018, a raíz de un llamado anónimo efectuado a la Central de Emergencias 911 de la Policía de la provincia de Santa Fe, mediante el cual una persona puso en conocimiento que en una vivienda ubicada en la intersección de las calles Monseñor Borgarino y Vieytes, de Venado Tuerto, se estarían llevando a cabo conductas relacionadas con el comercio de material estupefaciente, y que en ese lugar viviría “el gordo C.”.
En razón de los distintos seguimientos efectuados y de las intervenciones telefónicas, se determinó que las personas investigadas se dedicaron al comercio de material estupefaciente, llevando a cabo las maniobras en las localidades de Venado Tuerto, Rufino, Firmat y Melincué, operando algunos desde la cárcel de Coronda.
En consecuencia, se hicieron efectivos 20 allanamiento el 27 de febrero 2019, donde se procedió al secuestro de distintas cantidades de material estupefaciente, elementos de corte, balanzas, teléfonos celulares y otros elementos. Y se procedió a la detención de varias de las personas investigadas.
A un número importante de los aprehendidos se les atribuyó “sembrar, cultivar y guardar para producir estupefacientes” distintas plantas de cannabis sativa que fueron encontradas en los domicilios. Como así también, en otros casos, la comercialización de cocaína.
Venado Tuerto: condenaron a 17 personas por venta de estupefacientes
Sentencia: condenas y absoluciones
En nota publicada, como único medio, el pasado 11 de julio se daba a conocer que el Tribunal hizo lugar a los pedidos de suspensión de juicio a pruebas respecto de Romina Daiana Rocío Pietracola y Juliana Anahí Chávez, por el término de un año, imponiéndole las siguientes reglas de conducta: a) fijar residencia y mantenerla por todo el lapso indicado, realizar las labores comunitarias ofrecidas en la ONG Imagina y en el merendero Manos Solidarias del Centro Comunitario Barrio Islas Malvinas, ambas dependencias de Venado Tuerto, que se harán efectivas tres horas semanales.
Absolver a Ángeles Tatiana Brun, por falta de acusación del Ministerio Público Fiscal.
Condenar a Natalí Rafaela Castelli, a las penas de seis años y seis meses de prisión, como coautora del delito de tráfico de estupefacientes, en la modalidad de comercio, agravado por la intervención de tres o más personas en forma organizada y sirviéndose de un menor de dieciocho años.
Imponer a Guillermo Sebastián López mediante el método de unificación de penas, la pena única de nueve años de prisión por considerarlo coautor del delito de tráfico de estupefacientes, en la modalidad de comercio, agravado por la intervención de tres o más personas en forma organizada y sirviéndose de un menor de dieciocho años de edad o en perjuicio de él.
Para Jesús Alberto Beltrán, mediante el método de unificación de penas, la pena única de siete años de prisión, por considerarlo coautor del delito de tráfico de estupefacientes, en la modalidad de comercio, agravado por la intervención de tres o más personas en forma organizada, declarándolo reincidente
Condenar a Lucas Damián Spada, a las penas de siete años de prisión, por considerarlo coautor del delito de tráfico de estupefacientes, en la modalidad de comercio, agravado por la intervención de tres o más personas en forma organizada, manteniendo la declaración de reincidente.
Condenar a Natalí Caroline Macedo González, a la pena de seis años de prisión, por considerarla coautora penalmente responsable del delito de tráfico de estupefacientes, en la modalidad de comercio, agravado por la intervención de tres o más personas en forma organizada.
Condenar a Lucas Videla Mirazu, mediante el método de unificación de penas a siete años y nueve meses de prisión, por considerarlo coautor del delito de tráfico de estupefacientes, en la modalidad de comercio, agravado por la intervención de tres o más personas en forma organizada.
Condenar a Fabricio Martín Monsalvo, mediante el método de unificación de condenas, a la pena única de once años, por considerarlo coautor penalmente responsable del delito de tráfico de estupefacientes, en la modalidad de comercio, agravado por la intervención de tres o más personas en forma organizada.
Condenar a Georgina Ayelén Fernández, la pena de 6 años por considerarla coautora penalmente responsable del delito de tráfico de estupefacientes, en la modalidad de comercio, agravado por la intervención de tres o más personas en forma organizada.
Condenar a Martín Ezequiel Cardozo, mediante el método de unificación de condenas, a la pena única de prisión perpetua, por considerarlo autor penalmente responsable del delito de tráfico de estupefacientes, en la modalidad de comercio.
Condenar a Lucas Leonel Benítez, mediante el método de unificación de condenas, la pena única de cinco años y seis meses de prisión por considerarlo autor penalmente responsable del delito de tráfico de estupefacientes, en la modalidad de comercio.
Condenar a Cristian Leonardo Pérez, a la pena de cuatro años y seis meses de prisión, por considerarlo autor penalmente responsable del delito de tráfico de estupefacientes, en la modalidad de comercio.
Condenar a Florencia Natalí Pessarello Aguilera, a la pena de cuatro años de prisión, por considerarla autora penalmente responsable del delito de tráfico de estupefacientes, en la modalidad de comercio.
Condenar a Denis Enrique Tognoni, mediante el método de unificación de condenas, a la pena de cinco años de prisión, por considerarlo autor penalmente responsable del delito de tráfico de estupefacientes, en la modalidad de comercio.
Condenar a Facundo Alejandro Ramiro Rodríguez, a las penas de cuatro años de prisión, por considerarlo autor penalmente responsable del delito de tráfico de estupefacientes, en la modalidad de comercio.
Condenar a Rosa Haydee Rodríguez, a las penas de tres años de prisión de ejecución condicional, por considerarla partícipe secundaria del delito de tráfico de estupefacientes, en la modalidad de comercio, agravado por la intervención de tres o más personas en forma organizada; en concurso real con del delito de tenencia de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal y en carácter de autora.
Condenar a Maira Jaquelina Crespo, a las penas de tres años de prisión de ejecución condicional, por considerarla partícipe secundaria del delito de tráfico de estupefacientes, en la modalidad de comercio, agravado por la intervención de tres o más personas en forma organizada.
Condenar a Belén Cristina Fernández, a las penas de tres años de prisión de ejecución condicional, por considerarla partícipe secundaria del delito de tráfico de estupefacientes, en la modalidad de comercio, agravado por la intervención de tres o más personas en forma organizada.
Absolver por el beneficio de la duda a Walter Castelli. Absolver por el beneficio de la duda, a Luis Emiliano Bonahora Curi (agente de la Policía Federal). Mantener el estado de libertad de los encartados que así llegaron a esta instancia, hasta tanto el presente pronunciamiento adquiera firmeza.