A la vanguardia: Chovet sanciona ordenanza para el cuidado responsable de animales
La Comuna de Chovet acaba de sancionar y promulgar una ordenanza local para el equilibrio poblacional de perros y gatos. De esta manera, es una de las primeras localidades del sur provincial en adoptar una legislación propia en el marco del cuidado integral de la salud humana y animal.
Entre otras cosas, pone énfasis en que sean obligatorias cada dos meses las campañas de castración de animales. Esta medida se ampara en los protocolos veterinarios de actuación de la ley santafesina 13.383, que reconoce a la esterilización quirúrgica como el único método prioritario para el control de crecimiento poblacional de perros y gatos. Fue trabajada y articulada en conjunto con el grupo de voluntarias chovetenses “Callejeritos”, la ONG “Red de Políticas Públicas” y la Comuna local.
Además de ratificar que se deben realizar castraciones cada dos meses, regula el cuidado responsable de animales e insiste en la importancia de la castración. Es decir que de manera formal y legal, la Comuna de Chovet protege la vida de los animales, previene los actos de crueldad y maltrato, controla su salubridad y su reproducción con métodos éticos.
Asimismo, en su artículo 3, prohíbe al Estado la práctica de matanzas por cualquier método, la eutanasia y el sacrificio de perros y gatos. Por eso declara como único método ético y eficiente para el control del crecimiento poblacional de perros y gatos, la práctica de la castración quirúrgica gratuita, masiva, abarcativa, sistemática, extendida y temprana de machos y hembras, de especie canina y felina.
En el acto de la castración se tatuará la letra C o un número identificatorio en el pabellón de la oreja, quedando prohibido todo método invasivo con cualquier fin. En el caso de los gatos ferales (asilvestrados) se podrá realizar un corte en la oreja para identificar a los ejemplares ya castrados de una colonia.
“Cualquier otro método ha demostrado no dar resultados en cuanto a la disminución de la sobrepoblación animal, por carecer de fundamentos biológicos, éticos y eficaces, y por no actuar sobre las causas que originan esta situación. En consecuencia, no se da respuesta a la problemática de la salud pública en general”, explica la ordenanza.
Características
La norma hace foco en que la prevención abarque el mayor número de individuos en el menor tiempo posible, a saber: sobre la base de considerar que hay un animal (perro/gato) por persona en localidades de menos de 10 mil habitantes, en el primer año a partir de la sanción de esta ordenanza se debe castrar, como mínimo, el 20% de la población de perros y gatos anualmente, domiciliados, semi domiciliados y en situación de calle.
Por otra parte, las acciones serán sostenidas en el tiempo, ininterrumpidas durante el año y con horarios accesibles para la población. Y una no menos importante: van a ser (como hasta el momento) gratuitas y sin excepciones como condición indispensable de sostenimiento del programa. Esto es para garantizar el total e irrestricto acceso de la población en términos igualitarios.