Reglamentación local
Ante baja de beneficios, buscan garantizar la cobertura plena a electrodependientes venadenses
La ordenanza, de autoría del concejal Santiago Meardi, se basa en las resoluciones que desregulan la ley nacional que beneficia a este tipo pacientes.
En la última sesión del Concejo de Venado Tuerto, el concejal Santiago Meardi (Primero Venado) presentó un proyecto de Ordenanza para regular la provisión del servicio eléctrico para las personas electrodependientes residentes en la ciudad, quienes cuentan con beneficios contemplados en a ley nacional 27.351 o Ley de Electrodependientes , sancionada en 2017 y que establece un tratamiento tarifario especial gratuito para el titular del servicio público de provisión de energía eléctrica, o su conviviente que se encuentre registrado como electrodependientes.
En lo específico, el autor del proyecto explicó a Sur24, que pese a la cobertura que está garantizada bajo la ley nacional, "este año hay dos resoluciones (329/2024 y 330/2024) la cuales dan de baja algunos beneficios, con lo cual creemos que hay una clara intención de ir cercenando estos derechos adquiridos", expresó Meardi, al explicar la intervención desde el Legislativo y Ejecutivo local para aminorar esta posible parálisis del sistema para pacientes que dependen de la energía eléctrica para una mejor calidad de vida.
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En lo específico, el autor del proyecto explicó a Sur24, que pese a la cobertura que está garantizada bajo la ley nacional, "este año hay dos resoluciones (329/2024 y 330/2024) las cuales dan de baja algunos beneficios, con lo cual creemos que hay una clara intención de ir cercenando estos derechos adquiridos", expresó Meardi, al explicar la intervención desde el Legislativo y Ejecutivo local para aminorar esta posible parálisis del sistema para pacientes que dependen de la energía eléctrica para una mejor calidad de vida.
"Por eso, desde el gobierno local, vamos a garantizar con esta Ordenanza que los electrodependientes de Venado Tuerto tengan estos beneficios que implica que la Cooperativa Eléctrica tiene que proporcionar atención y reconexión en un plazo no mayor de 48 horas como estipula la ley nacional", amplió sobre la iniciativa impulsada por el oficialismo venadense.
Imprescindible
Y aunque adujo que en Venado Tuerto no se producen muchos cortes del suministro eléctrico y si ocurren no son por un tiempo prolongado, "igualmente lo vamos a garantizar a través de una reglamentación local, donde la cooperativa provea de forma gratuita un equipo electrógeno o un UPS con baterías, que es una tecnología que viene a suplir el equipo electrógeno o bien alguna tecnología que reemplace estas para el suministro de equipos de salud o refrigeración o lo necesario para la vida de cada una de las personas electrodependientes", detalló el edil, manifestando que en la ciudad hay 15 vecinos registrados como electrodependientes.
Entre los argumentos del texto presentado, contó que al hablar con familiares de electrodependientes "nos decían que cada vez que se corta la luz es una angustia porque no saben cómo actuar y más allá de tener el equipamiento a veces no funciona y se desesperan", afirmó.
Para que esta situación sea contenida de la mejor manera "se genera un protocolo para llevar tranquilidad en ese sentido, además de condonar la tarifa mensual que tenga cada uno de esos electrodependientes y cada vez que se vaya a producir un corte programado, haya un aviso previo".
Protocolo
Lo establecido por la ordenanza especifica que:
- La prestadora del servicio eléctrico concesionado de la ciudad deberá garantizar la atención y reconexión en un plazo de 48 horas corridas ante situaciones de cese de suministro eléctrico a todos los usuarios registrados bajo la categoría de electrodependientes.
- El concesionario tendrá como categoría de usuario electrodependiente a todo usuario que se enmarque dentro de la ley nacional 27.351 y el registro de los socios de esta categoría deberá ser informado en el balance de la entidad anualmente.
- La prestadora del servicio deberá proveer de forma gratuita un equipo electrógeno, UPS u otra tecnología que lo reemplace, para proveer en caso de emergencia energía a los equipos de salud.
- Deberá existir por parte de la prestadora del servicio un protocolo de emergencia ante situaciones imprevistas para usuarios de la categoría y deberá ser debidamente informado a los interesados.
- La tarifa mensual estará condonada, a través de una nota de crédito o la forma que la prestadora defina siempre que sea clara y entendible.
- Ante situación de corte programados, el distribuidor en este caso CEVT deberá dar aviso con una prudencial antelación.
Que dicen las resoluciones 329 y 330
las resoluciones 329/2024 y 330/2024, oficializadas en el Boletín Oficial en el mes de junio, se reformularon los procedimientos para la realización de las obras correspondientes y para la aplicación de las sanciones por incumplimiento de plazos.
Asimismo, en la Resolución 329/2024 se establece que las empresas distribuidoras ahora tienen más tiempo para responder a las denuncias de falta de suministro eléctrico.
Antes, disponían de 48 horas para actuar, contando tanto días hábiles como inhábiles. Ahora, se les otorga hasta dos días hábiles desde el momento de la denuncia, lo que podría significar una larga espera para los electrodependientes si, por ejemplo, el corte ocurre en un fin de semana largo.
También, se adecuó la aplicación de la sanción por incumplimiento de este nuevo plazo máximo: ahora las empresas de energía deben abonar al usuario una multa en pesos equivalente a 2.000 kWh “por cada día hábil de atraso” (hasta un valor máximo de 500.000 kWh) y valorizada según la tarifa promedio vigente.
En tanto, desde el Ministerio de Salud de la Nación respondieron que las resoluciones “aplican al ámbito del ENRE y la Secretaria de Energía, y no alcanzan ni afectan el funcionamiento del Registro de Electrodependientes por cuestiones de Salud (RECS), administrado por la cartera sanitaria nacional con el objetivo de garantizar el acceso al servicio de energía gratuito y a mejorar la calidad de vida de todas las personas electrodependientes”.
Destacando que “la Ley 27.351, que se encuentra en vigencia desde mayo de 2017, establece la gratuidad del servicio eléctrico para las personas electrodependientes. Por disposición de esta norma, para acceder a este beneficio, es necesario inscribirse en el RECS que administra el Ministerio de Salud de la Nación”.
A su vez, “desde la cartera sanitaria nacional se recuerda que la única forma de iniciar el trámite de inscripción o de renovación en el RECS será de manera digital a través de Trámites a Distancia”.