Desde enero de 2025
Bancos y billeteras virtuales, con nuevas normas para informar movimientos de clientes
A partir de este jueves comienzan a regir las nuevas cifras actualizadas por inflación establecidas por la ARCA. El detalle de cómo impacta esta medida.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ha establecido nuevos montos a partir de los cuales los bancos y las billeteras virtuales deben informar los movimientos de sus clientes.
Estos ajustes surgen como parte de la actualización semestral automática basada en las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC), que es elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec). La modificación de los importes fue dispuesta por la Resolución General 5512/2024 y entró en vigencia para las operaciones realizadas desde el 1 de enero de 2025.
El IPC de noviembre de 2024.
¿Desde cuándo rigen los nuevos importes?
La actualización es efectiva desde el 1 de enero de 2025, y afectará a todas las operaciones realizadas a partir de esa fecha.
¿Cómo afecta a los consumidores?
El ajuste no tiene impacto directo sobre los consumidores, ya que se trata de un régimen de información que deben cumplir las entidades financieras, billeteras virtuales y plataformas tecnológicas.
Es decir, no implica cambios para quienes realizan operaciones, sino que simplemente los bancos y las billeteras virtuales deberán informar sobre transacciones y saldos que superen ciertos montos establecidos.
La extracción de un millón o más deberá ser informada.
Nuevos montos a partir de enero de 2025
Según lo dispuesto por ARCA, las siguientes operaciones deberán ser informadas únicamente si superan los siguientes importes:
$ 600.000:
- Total de consumos con tarjetas de débito nacionales.
- Ingresos o egresos totales en billeteras virtuales.
$ 1.000.000:
- Total de acreditaciones bancarias registradas en el mes.
- Total de depósitos a plazo constituidos en el mes.
- Extracciones en efectivo, tanto dentro como fuera del país, por ventanilla, cajero automático o cualquier otro medio.
- Saldo final en cuentas bancarias al último día hábil de cada mes.
- Saldo final en billeteras virtuales al último día hábil de cada mes.
$ 2.000.000:
Solo para billeteras virtuales, aplicable en el caso de transferencias bancarias o virtuales superiores a dicho monto.
Este ajuste busca mejorar el seguimiento de las transacciones financieras, ayudando a optimizar el control de los movimientos de grandes sumas de dinero. Además, implica una mayor transparencia y colaboración entre las entidades financieras y los organismos de control.