Este viernes 14 de julio a las 8 horas comenzó el periodo de veda electoral en la provincia de Santa Fe de cara a las elecciones PASO (Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias).
Arrancó la veda: cuáles son las restricciones y hasta cuándo están vigentes
El mismo se extiende hasta las 21 horas del domingo 16 de julio, tres horas después de que finalicen los comicios.
La primera instancia de veda para que los ciudadanos descansen de la propaganda sin actos públicos, notas periodísticas en radios, televisión y medios gráficos ni difundir encuestas o sondeos preelectorales.
Los espacios virtuales como las redes sociales o sitios oficiales personales se encuentran exentos de la normativa, por lo que algunos rostros pueden continuar invadiendo celulares y computadoras.
Otro punto de relevancia este 2023 ante el desdoblamiento de las elecciones es que las restricciones no rigen para los precandidatos santafesinos a diputados nacionales, quienes serán elegidos el próximo 13 de agosto. Su campaña deberá hacer referencia a nivel nacional y no provincial.
Por obvios motivos, las propagandas correspondientes a los precandidatos a la presidencia de la Nación, como así también el nombramiento de sus partidos y/o frentes, están habilitadas.
Qué está prohibido desde la segunda instancia de veda electoral
- Las reuniones de electoras y electores o el depósito de armas en casas dentro de un radio de ochenta metros alrededor de los lugares de votación.
- Los espectáculos, fiestas teatrales, actividades deportivas y cualquier reunión pública que no se refieran al acto electoral.
- El expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas (desde 12 horas antes de los comicios).
- Ofrecer o entregar boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros de los sitios de votación.
- La portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos.
- Realizar actos públicos de proselitismo
- Publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales y de proyección sobre el resultado.
- Abrir los locales partidarios ubicados dentro de un radio de ochenta metros de los puntos de votación.
Qué pasa si rompo la veda electoral
Los ciudadanos que incumplan la veda electoral pueden ser denunciados por violación al Código Electoral de la provincia de Santa Fe, y sancionados si la Justicia comprueba la falta.
Las penas establecidas para aquellos que violan la veda dependen del incumplimiento en el que incurran y poseen diferentes escalas de sanción.