En un esfuerzo por brindar apoyo adicional a los jubilados y pensionados, el Gobierno anunció un bono especial que se otorgará en el mes de agosto. Este mismo tiene como objetivo beneficiar a aquellos que perciben haberes mínimos.
Bono para jubilados en agosto: requisitos y montos
Según el decreto emitido por las autoridades, se establecen requisitos para acceder al bono y se especifican los montos correspondientes a cada grupo de beneficiarios.
Los detalles para poder acceder son:
- Jubilados y pensionados cuyos haberes de todas sus prestaciones vigentes sumen un monto menor o igual a $70.938,24, recibirán un bono de $20.000.
- Los titulares cuyas prestaciones vigentes superen los $70.938,24 pero no excedan los $85.938,24, recibirán un bono que completará la cantidad necesaria para alcanzar $90.938,24.
- Los jubilados y pensionados cuyas prestaciones vigentes superen los $85.938,24 pero no rebasen los $141.876,48, recibirán un bono fijo de $5.000.
- Por último, aquellos titulares cuyas prestaciones vigentes superen los $141.876,48 pero no lleguen a los $146.876,48, recibirán un bono que completará la diferencia hasta alcanzar el monto mencionado en segundo término.
Es importante destacar que estos bonos están destinados a fortalecer la economía de los jubilados y pensionados, especialmente aquellos que se encuentran en una situación financiera más precaria. Además, se establece que el bono no será susceptible de descuentos ni se considerará para ningún otro concepto.
El decreto también autoriza a la Secretaría de Seguridad Social del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, así como a la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), a emitir las normas necesarias para la implementación y administración de estos bonos.
Fecha de cobro jubilados y pensionados de Anses agosto 2023
-Documentos terminados en 0 y 1, a partir del día 1 de agosto de 2023.
-Documentos terminados en 2 y 3, a partir del día 2 de agosto de 2023.
-Documentos terminados en 4 y 5, a partir del día 3 de agosto de 2023.
-Documentos terminados en 6 y 7, a partir del día 4 de agosto de 2023.
-Documentos terminados en 8 y 9, a partir del día 7 de agosto de 2023.
Jubilados y pensionados con un haber mínimo agosto 2023
-Documentos terminados en 0, a partir del día 8 de agosto de 2023.
-Documentos terminados en 1, a partir del día 9 de agosto de 2023.
-Documentos terminados en 2, a partir del día 10 de agosto de 2023.
-Documentos terminados en 3, a partir del día 11 de agosto de 2023.
-Documentos terminados en 4, a partir del día 14 de agosto de 2023.
-Documentos terminados en 5, a partir del día 15 de agosto de 2023.
-Documentos terminados en 6, a partir del día 16 de agosto de 6023.
-Documentos terminados en 7, a partir del día 17 de agosto de 2023.
-Documentos terminados en 8, a partir del día 18 de agosto de 2023.
-Documentos terminados en 9, a partir del día 22 de agosto de 2023.