Iniciativa legislativa
Corrientes: a través de un proyecto de ley buscan cobrar la atención médica a extranjeros
El texto aclara que los servicios de salud pública se prestarán de forma igualitaria a los extranjeros que revistan condición de ‘residentes permanentes’ y ‘residentes temporarios’.
En Corrientes presentaron un proyecto de ley para cobrar la atención médica a extranjeros. La iniciativa, cuyo autor es el legislador autonomista José Antonio Romero Brisco, ingresará a la Cámara de Diputados de la Provincia de Corrientes este miércoles.
Qué plantea el texto
Dentro de los puntos que establece el documento está “el arancelamiento de la atención y servicios en el ámbito del sistema de Salud Pública de la Provincia, para todos los extranjeros que, de acuerdo a la categorización establecida en la Ley Nacional N° 25.871, sean ‘residentes transitorios’ o ‘residentes precarios’, debiendo solventar los costos de dichas prestaciones a través de un seguro de salud con cobertura suficiente o por sí mismos”.
Cabe aclarar que la residencia precaria es la autorización que da Migraciones mientras dura el trámite de admisión de una persona extranjera que quiere residir en Argentina. Dicha condición permite permanecer, salir del territorio nacional y volver a entrar, trabajar y estudiar. Mientras que se considera residentes transitorios a los turistas, pasajeros en tránsito, tripulantes del transporte internacional, trabajadores migrantes estacionales y académicos. En ambos deberán abonar por la atención médica.
No obstante, la ley exime a los extranjeros que revistan la condición de “residentes permanentes” y “residentes temporarios”. En dichos casos, “los servicios de salud pública provincial se prestarán de manera igualitaria y sin distinción”.
En casos de urgencia o emergencia, el proyecto de ley señala que “la atención no podrá ser negada” a los extranjeros residentes transitorios o precarios y que en ese caso “la autoridad de aplicación arbitrará, con posterioridad, los medios para el cobro de los gastos en que se incurriera”.
La autoridad de aplicación planteada es el Ministerio de Salud Pública de la Provincia, que se encargaría de “llevar a cabo todas las acciones necesarias para la implementación de esta ley, y fijará los aranceles”.
De sancionarse la ley, el Gobierno de Corrientes estará facultado a “celebrar convenios de reciprocidad con otros países, a fin de garantizar para los habitantes de nuestra provincia el acceso al sistema de salud pública en otros territorios”.
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Fundamentos del proyecto
El diputado Romero Brisco mencionó “la adversa situación económica que viene atravesando el país” y resaltó que en este contexto “uno de los mayores desafíos que enfrenta la prestación de servicios de salud pública, es la administración de recursos finitos (y en ocasiones, escasos) frente a una esencial demanda”.
“Toda asistencia sanitaria, desde las más simples hasta las de mayor complejidad, posee un costo, y entendiendo que el mismo es solventado por las obras sociales y empresas de medicina prepaga de quienes tengan acceso a dichas coberturas, pero que también es afrontado por el Estado Provincial, sin distinción alguna, para los casos de personas que no posean tales beneficios ni recursos suficientes, es que considero necesario y oportuno legislar a fin de resguardar y garantizar el acceso al sistema público de salud pública provincial”, justificó el legislador.
Romero Brisco señaló que el objetivo no es “privar a nadie del acceso a los servicios de salud pública en nuestra provincia, máxime en en casos de urgencia o emergencia”, y que su iniciativa responde “a la imperiosa necesidad de resguardar el alcance y calidad del servicio de salud pública provincial, implementando una distinción tendiente a dar mayor solvencia al mismo, frente a una demanda que sin duda estará siempre en constante crecimiento, tanto por la calidad de sus profesionales como de sus establecimientos”.