Por un hecho ocurrido en la localidad de Maggiolo
Corte Suprema de Santa Fe revoca prisión domiciliaria a condenado por abuso sexual
El tribunal declaró inconstitucional la medida que permitía al Miguel Ángel Canonigo cumplir la pena en su domicilio con salidas laborales.
Producto de un recurso de inconstitucionalidad presentando por la fiscal Mayra Vuletic, la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe resolvió anular el fallo que había otorgado el régimen de prisión domiciliaria con salidas laborales a Miguel Ángel Canonigo, condenado a 12 años de prisión por abuso sexual con acceso carnal agravado por la convivencia preexistente con la víctima menor de edad, ocurrido en la localidad de Maggiolo.
Antecedentes del caso
Canonigo fue condenado en 2018 a 15 años de prisión, aunque la pena fue reducida a 12 años en la instancia de apelación. Luego de agotar todas las vías recursivas, la sentencia quedó firme en mayo de 2023. Sin embargo, el condenado había transitado la mayor parte del proceso en prisión domiciliaria.
En diciembre de 2023, el Tribunal de Primera Instancia de Venado Tuerto rechazó el pedido de la defensa para que se le concediera un régimen de semi-libertad. Sin embargo, en marzo de 2024, el juez de la Cámara de Apelaciones en lo Penal de Venado Tuerto, Tomás Orso, revocó esta decisión y dispuso la prisión domiciliaria con salidas laborales.
Intervención de la Corte Suprema
La fiscal Mayra Vuletic interpuso un recurso de inconstitucionalidad, argumentando que la decisión del juez era arbitraria y contraria a la legislación vigente. Entre sus fundamentos, señaló que el fallo afectaba el principio de legalidad, ya que la prisión domiciliaria solo es aplicable en casos taxativamente previstos por la ley, como enfermedades graves, discapacidad o razones humanitarias, condiciones que no se cumplían en este caso.
La Corte Suprema, con la firma de los ministros Roberto Falistocco, María Angélica Gastaldi, Rafael Gutiérrez y Eduardo Spuler, hizo lugar al recurso y declaró la nulidad de la sentencia que había concedido la morigeración de la prisión. El tribunal remitió el caso nuevamente a la instancia inferior para que sea juzgado conforme a las pautas interpretativas establecidas en la resolución.
Fundamentos de la decisión
En su fallo, la Corte destacó que en la resolución el juez de Cámara de la Apelaciones se apartó de la normativa vigente al conceder una prisión domiciliaria sin justificación legal. Además, subrayó que la reinserción social de un condenado debe darse dentro del marco del régimen penitenciario progresivo y no mediante decisiones arbitrarias que ignoren la legislación.
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El fallo también resaltó que la permanencia de Canonigo en prisión domiciliaria durante el proceso no lo hacía acreedor de un régimen más favorable que el previsto en la ley. En este sentido, estableció que la modalidad de cumplimiento de la pena debe ajustarse a los parámetros legales vigentes y no ser modificada por decisiones judiciales que carecen de respaldo normativo.
La próxima semana se llevará adelante una audiencia donde la fiscal solicitará a los magistrados que intervinieron en el juicio que revoque la prisión domiciliaria y continúe cumpliendo condenada en el servicio penitenciario.