¿Cuándo se paga y cómo se calcula el aguinaldo para empleadas domésticas?
Bajo el concepto de prima por presentismo, aquellas familias que hayan contratado personal doméstico deberán pagar el equivalente a la cuarta parte del medio aguinaldo que comprende los servicios brindados de enero a junio de este año.
Por el tipo de cualidad que se remunera (presentismo), es necesario que para su cobro no se hayan registrado faltas durante el período mencionado, aunque no se computarán aquellas por enfermedad debidamente certificada (con certificado médico ingresado a BPS o BSE), o licencias como duelo, estudio, o matrimonio, e incluso aquellas ausencias por huelgas decretadas por PIT-CNT o el propio sindicato, no serán motivo de pérdida del beneficio.
Los empleadores tienen plazo hasta el 30 de este mes para depositar la suma correspondiente, que al ser una partida salarial deberá aportar a la seguridad social e IRPF si correspondiera.
Al momento de acreditar el pago, el BPS calculará en forma automática los aportes a realizar, por lo que los empleadores no deben realizar ningún trámite adicional. Para esto se valuarán las facturas de aportes mensuales, agregándose la del mes de junio.
Si no correspondiera el pago de la prima, debe notificarse al BPS vía declaración entre el 1° y el 30° de junio. Para tal fin, las faltas del trabajador deberán estar documentadas en los recibos de sueldo entre junio y diciembre del corriente año. El trámite debe hacerse de forma online, a través de la aplicación BPS Trabajo Doméstico o vía página web del banco.
Según lo establecido en el convenio colectivo del sector, el pago de la partida es obligatorio si el trabajador reúne las calificaciones. Por ejemplo, en caso de cobrarse el sueldo mínimo ($25.541) corresponderá un medio aguinaldo de $ 12.708,5 y una prima por presentismo de $ 3.177, sumando un total extra de $15.885. Cabe destacar que todos los montos son expresados de manera nominal, por lo que variarán luego de los aportes correspondientes.