El dólar blue se disparó $24 en el inicio de la semana y trepó al récord de $552, día después de que el Gobierno anunció medidas que encarecen el valor de la divisa estadounidense.
Dólar: cómo arranca este martes, tras un lunes de fuerte suba
El lunes, la divisa informal subió 4,3%y extendió el acumulado de julio a $58 o un 11,5%.
Así, mantuvo la tendencia alcista por quinta jornada consecutiva, tras los anuncios del Ministerio de Economía sobre el dólar, luego del entendimiento que se logró con el Fondo Monetario Internacional (FMI) para avanzar en la revisión del programa y obtener los desembolsos previstos para el segundo semestre del año.
Con este valor, el tipo de cambio paralelo alcanzó su mayor suba diaria desde la última corrida, el 25 de abril, cuando escaló $33 en una jornada. En lo que va de 2023, el dólar blue acumula una suba de $204, después de cerrar el 2022 en $346.
Por su parte, el dólar Qatar -que incluye un 30% del impuesto PAÍS, un 45% deducible del Impuesto a las Ganancias y de Bienes Personales, y una nueva percepción del 25% a cuenta de Bienes Personales- subió el lunes $3,18 (0,56%) a $568,26. Este tipo de cambio aplica para consumos en el exterior con tarjetas de débito y crédito superiores a los US$ 300 mensuales por persona.
El dólar ahorro (o dólar solidario) y el dólar tarjeta – que incluye el 30% del impuesto PAIS + 45% de Percepción de Ganancias- sube $4,32 (0,88%) se ubicó en $497,23. En cuanto a las cotizaciones financieras, el MEP escaló hasta los $510,86 y el Contado con Liquidación avanzó a $530,79.
También el lunes, voceros del FMI salieron a respaldar las medidas anunciadas por el Gobierno en la noche del domingo. “Consideramos que las medidas anunciadas por las autoridades argentinas son positivas para fortalecer las reservas y consolidar el camino del orden fiscal, variables fundamentales para fortalecer la estabilidad económica”, señaló una fuente del organismo.
PAIS
Este fin de semana se conoció un paquete de medidas orientado a fortalecer las reservas del Banco Central de la República Argentina (BCRA) y consolidar la situación fiscal. Entre ellas, se estableció un dólar diferencial para las economías regionales y el maíz de $340 y se unificó el dólar ahorro con el dólar tarjeta.
Asimismo, se extendió la aplicación el Impuesto PAIS a las importaciones, tanto de bienes como de servicios, a excepción de los productos que se destinan a la canasta básica y los sectores vinculados a la energía.
También, aquellos que al mismo tiempo exportan e importan, si pagan sus importaciones con las exportaciones quedarán exceptuados del pago de IVA y del Impuesto PAIS.
El Gobierno formalizó la aplicación del impuesto PAIS a la compra de divisas para la importación de una serie de bienes y servicios, a través del decreto 377/2023 publicado en el Boletín Oficial.
La norma aclara que no se grava la importación de los bienes y servicios, sino la compra de billetes para hacer esa operación, ya que quien tenga dólares podrá utilizarlos sin pagar este impuesto.
De esta manera, se generaliza el Impuesto PAIS al 25% para todos los servicios, excepto: (i) Fletes, que se le aplicará la alícuota del 7,5%; (ii) Salud y Educación, exentos por artículo 36 de la Ley 27.541, y; (iii) Recitales, que ya paga el 30% y permanecerá sin cambios.
A su vez, se generaliza el Impuesto País al 7,5% para todos los bienes, excepto: (i) Medicamentos y material para combatir el fuego, exentos por artículo 36 de la Ley 27.541, (ii) Suntuarios, que ya pagan el 30%, (iii) Combustibles, lubricantes, bienes vinculados a la generación de energía, así como insumos y bienes intermedios vinculados a la canasta básica alimentaria, seguirán sin pagar este impuesto.
De acuerdo con el decreto, la percepción se aplica sobre todas las importaciones, incluidos los ingresos a Zona Franca y Área Aduanera Especial de Tierra del Fuego.
Asimismo, se estableció que las importaciones temporales de automotrices quedan fuera del alcance del Impuesto PAIS en la medida de que el “pago” de la importación se efectúe luego del “cobro” de la exportación relacionada y/o prefinanciación o mediante un anticipo con fondos propios.
Otras aplicaciones
- Compra de moneda extranjera para ahorro, incluidos los cheques de viajero.
- Compra de moneda extranjera para pagar obligaciones.
- Cambio de moneda extranjera realizado por las entidades financieras por cuenta y orden del adquirente locatario o prestatario (cambios de moneda que se destinen al pago de bienes o servicios en el exterior que se cancelen con tarjetas de crédito, de compra, débito o cualquier otro medio de pago equivalente, incluidas las extracciones o adelantos en efectivo que se hagan en el exterior. También se incluyen las compras en moneda extranjera que se realicen desde portales o sitios virtuales o cualquier otra modalidad).
- Cambio de moneda extranjera realizado por las entidades financieras por cuenta y orden del contratante residente en el país. (cambios de moneda que se destinen al pago de servicios prestados por sujetos no residentes en el país que se cancelen con tarjetas de crédito, de compra, débito o cualquier otro medio de pago equivalente)
- Pago de servicios en el exterior contratados a través de agencias de viajes y turismo del país.
- Pago de servicios de transporte de pasajeros con destino fuera del país. (No abonan el impuesto quienes contraten, en el país, servicios de transporte terrestre de pasajeros con destino a países limítrofes).