Disputa judicial
El gobierno nacional apelará el fallo que suspendió el capítulo laboral del DNU
La presentación estará a cargo del Procurador General del Tesoro, Rodolfo Barra. Pedirá que la causa se siga en el fuero Contencioso Administrativo Federal.
El gobierno nacional apelará el fallo de la Cámara del Trabajo que suspendió el capítulo laboral del decreto de necesidad y urgencia 70/23 del presidente Javier Milei.
La presentación está siendo elaborada por la Procuración del Tesoro, que conduce Rodolfo Barra.
Los abogados del Estado apelarán la medida cautelar contra el DNU y pedirán que la causa se siga tramitando en el fuero Contencioso Administrativo Federal, como ya dictaminó el fiscal del fuero del trabajo Juan Manuel Domínguez.
Este mediodía, la Cámara Nacional del Trabajo resolvió por dos votos a uno, hacer lugar a la medida cautelar solicitada por la CGT que suspende la aplicación de las normas laborales incluidas en el DNU.
El fallo de la Cámara de feria -integrada por las juezas María Dora González y Andrea García Vior y el juez Alejandro Sudera- sostiene que la extensa fundamentación del Poder Ejecutivo sobre la gravedad de la situación económica del país resulta insuficiente para demostrar la urgencia en implementar cambios estructurales en las leyes laborales, máxime cuando algunas de esas normas tienen naturaleza penal.
La presentación de Barra reclamará la vigencia del DNU 70/2023 y se basará en el dictamen del fiscal Domínguez que la Cámara de Apelaciones del Trabajo rechazó y también en el voto en minoría de la jueza de la cámara laboral, Dora González, que se expresó en el mismo sentido.
De esta forma, el gobierno nacional se prepara para una disputa judicial, después de que los magistrados Andrea García Vior y José Alejandro Sudera hicieran lugar al amparo presentado por la CGT.
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Las objeciones laborales al DNU
La Confederación General del Trabajo apostó a la vía judicial para frenar la reforma laboral contenida en el decreto 70/23. Tras el fallo que rechazó la medida precautelar, la central obrera sostuvo en su apelación que “la aplicación inminente arrogará un daño de relevancia tanto para las asociaciones sindicales como para los trabajadores, porque el DNU 70/23 cercena derechos adquiridos de protección constitucional”.
Algunas de las modificaciones en materia laboral que firmó el presidente Milei, y que ahora con el amparo quedaron provisoriamente suspendidas, son la ampliación del periodo de prueba hasta los ocho meses, la incorporación de los bloqueos o tomas de establecimientos como causa de despido y cambios en el sistema de indemnizaciones.
Además, el DNU abre el debate sobre el alcance del derecho a huelga en diversas actividades que fueron consideradas "servicios esenciales", a las que se exige un 50% de prestación del trabajo normal, y otras que se califican como “actividades de importancia trascendental”, que están obligadas a garantizar el 75% del servicio.
También, apunta contra la recaudación sindical. El decreto establece que la Secretaría de Trabajo supervisará las denominadas “cuotas solidarias”, por lo que el concepto de la ultraactividad de los convenios colectivos de trabajo (CCT) será revisado solo en las cláusulas de obligatoriedad y no en las que fijan condiciones y derechos.