Se empieza a tratar en comisiones
En el Congreso apuran el "Compre sin IVA" y JxC pone condiciones
La devolución del monto correspondiente al impuesto en alimentos de la canasta básica ya rige por decreto, y hasta el momento supuso un reintegro de $ 7.700 millones a 3,3 millones de personas. La coalición opositora define su postura y pide información sobre costo fiscal y compensaciones.
La Cámara de Diputados empezará a discutir en comisiones el próximo jueves el proyecto denominado de "Compre sin IVA" que impulsa el ministro de Economía, Sergio Massa.
Tras el ingreso al Congreso, la Cámara baja convocó para el jueves a las 11 a la comisión de Presupuesto y Hacienda para iniciar el tratamiento legislativo.
La propuesta del candidato presidencial de Unión por la Patria plantea que la medida de devolución del IVA de hasta 18.000 pesos mensuales que ahora se realiza por decreto se establezca por ley.
El Programa Compre Sin IVA fue establecido hasta el 1 de diciembre por el Gobierno y la norma legislativa lo implementa oficialmente -de aprobarse- a partir del 1 de enero de 2024.
Según cifras oficiales, durante la semana pasada, cuando comenzó a regir el decreto, se reintegraron 7.700 millones de pesos, con un alcance de 3,3 millones de personas.
Está previsto que para el inicio de la discusión en comisión se presenten el titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Carlos Castagneto, junto con el titular de la Aduana, Guillermo Michel, y la subsecretaria de Ingresos Públicos, Claudia Ballestrini.
"Al viernes pasado se habían devuelto a 3,3 millones de personas cerca de $ 7.700 millones. Cuando terminemos de procesar lo del fin de semana, veremos que fue un récord", detalló Michel en declaraciones radiales.
Destacó, en tanto, que "devolverle el IVA a la gente para hacer un sistema menos regresivo y que tengan mayor poder adquisitivo para consumir".
"Queremos convertirlo en ley porque es una política pública positiva, virtuosa, que le sirve a la gente", afirmó el titular de la Aduana.
El beneficio de reintegro de IVA incluye a quienes perciban hasta seis salarios mínimo, vital y móvil (SMVM), y se recibe en las 48 horas siguientes a la compra de productos de la canasta básica.
Condiciones
Después de ser el único interbloque en rechazar el proyecto de ley que exime del pago de Ganancias a trabajadores y jubilados, los referentes de Juntos por el Cambio (JxC) en Diputados empezaron a evaluar la iniciativa enviada por el Gobierno para devolver el IVA por la compra de alimentos. Una primera definición es que, antes de determinar cómo votará la bancada, le pedirán al oficialismo un detalle del costo fiscal y de cómo prevé cubrirlo.
Este martes, los líderes de JxC pedirán un informe a la Oficina de Presupuesto sobre el costo fiscal de la medida. Con ese dato, le consultarán a los funcionarios cómo piensan financiarlo y, si no encuentran respuesta, en lugar de votar en contra en el recinto, en esta oportunidad podrían proponer recortar alguna partida equivalente a la merma de recaudación. Tampoco descartan pedir una reducción en la emisión monetaria, uno de los principales reclamos de Milei, quien no tendría otra opción que apoyarlo.
El proyecto
Quienes perciban jubilaciones, pensiones por fallecimiento o pensiones no contributivas, en todos los casos siempre que sus ingresos mensuales por dichos conceptos no excedan la suma de 6 haberes mínimos garantizados; los que perciben asignaciones universales por hijo para protección social; asignaciones por embarazo para protección social; el personal en relación de dependencia en la actividad privada o pública cuyos ingresos mensuales no superen la suma equivalente a 6 veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil.
También se contempla a aquellas personas trabajadoras comprendidas en el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares y los contribuyentes del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) que se encuentren encuadrados en cualquiera de sus categorías, excepto que obtengan determinado tipo de ingresos. Asimismo, se contempla la posibilidad de ampliar el listado de sujetos beneficiarios.
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El programa dispone el reintegro de una proporción del monto de las operaciones que en carácter de consumidores finales abonen los sujetos definidos como beneficiarios por las compras de bienes muebles realizadas en ciertos comercios minoristas o mayoristas, siempre que el pago se realice mediante la utilización de tarjetas de débito asociadas a cuentas vinculadas a tales personas, tarjetas de crédito o tarjetas que operen bajo la modalidad de Pago Electrónico Inmediato (PEI) o débito en cuenta a través de la utilización de códigos de respuesta rápida (QR). También se incluyen las compras de bienes efectuadas en el marco de la "Tarjeta Alimentar", o de las tarjetas emitidas a beneficiarias y beneficiarios del Programa Nacional de Inclusión Socio-Productiva y Desarrollo Local – "Potenciar Trabajo".
El proyecto establece como finalidad la de mejorar el ingreso disponible y consecuentemente la capacidad de compra de los sectores más vulnerables, quienes destinan al consumo de bienes de primera necesidad la totalidad o gran parte de sus ingresos.
"Es esencial que esta medida se complemente con una mayor transparencia y formalidad del sistema, previendo entonces la utilización de medios de pago como tarjetas de débito o crédito, así como la posibilidad de incorporar otras formas de pago", señala el proyecto, que invita a las provincias, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a los municipios a adherir a estas políticas destinadas a impulsar el consumo y mejorar la capacidad de compra de los sectores más vulnerables.
El proyecto consta de 9 artículos y prevé como exclusiones para aquellas personas que estarían alcanzadas por el beneficio cuando se verifique que perciben otros ingresos que estén gravados en el impuesto a las Ganancias, o estén inscriptos en el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) como trabajadores autónomos.
El reintegro mensual previsto en el programa no podrá superar el 21% del valor de la Canasta Básica Alimentaria.
La AFIP establecerá los mecanismos operativos necesarios para la instrumentación de la presente ley, y podrá condicionar el goce del beneficio en función de los ingresos, patrimonio u otros parámetros vinculados a la capacidad contributiva del beneficiario y/o su grupo familiar.