La causa por presunto espionaje ilegal en la que se investiga al ex ministro de Seguridad, Marcelo Sain, tendrá el próximo miércoles un nuevo capítulo. Es que para ese día, a las 17 y en los Tribunales locales, se realizará una audiencia para discutir la competencia de la justicia provincial en la tramitación de la causa. Fue convocada por el juez Jorge Patrizi, a propósito de un planteo formulado tanto por el abogado defensor de Sain, Hernán Martínez; como por Juan Lewis, patrocinante de otros de los cinco imputados. Concretamente, solicitan “excepción de incompetencia, reclamando que se remitan las actuaciones a la justicia federal”.
Espionaje ilegal: imputan a Sain y a otros siete ex funcionarios
El mismo día en el que el ex ministro y siete de sus ex colaboradores eran imputados por integrar una asociación ilícita montada en el propio Ministerio de Seguridad, los letrados advertían que formularían un planteo de competencia por considerar que uno de los delitos imputados y presuntamente cometido por dicha asociación ilícita es de competencia federal. Se trata de la violación a la Ley Nacional de Inteligencia (Nro. 25.520), o delito de espionaje. También en el mismo día de la imputativa, el fiscal Ezequiel Hernández disentía con la objeción. “La competencia federal es excepcional. De ninguna manera la ley que nosotros citamos (de Inteligencia Nacional) prevé la competencia federal. No hay ley que establezca que este delito deba serlo”, sostenía, ante la consulta de Sur24.
Tras la presentación formal del planteo de parte de las defensas, el juez Patrizi resolvió convocar a la audiencia del miércoles. Fueron citados para la ocasión abogados, imputados y querellantes. Lo que allí se resuelva será clave para la acción inmediata que tenían prevista los fiscales: la realización de la audiencia de medidas cautelares.
En los argumentos del escrito presentado ante Patrizi, las defensas califican a la acusación como “imprecisa, confusa y que describe hechos manifiestamente atípicos”. Según los abogados, de acuerdo al Artículo 116 de la Constitución Nacional, corresponde a la Corte Suprema y a los tribunales inferiores de la Nación, el conocimiento y decisión de todas las causas que versen sobre puntos regidos por la Constitución y por las leyes de la Nación”. Más adelante analizan el ámbito de la Ley 25.520 y advierten que en ella “se observan numerosas referencias al ámbito federal regulado”.
El MPA resuelve sobre la destitución de una ex funcionaria de confianza de Sain
Reserva
Patrizi es el mismo magistrado que en febrero de este año había ordenado el levantamiento de la reserva de las actuaciones, y dispuso que dejasen de ser secretas. Así lo había solicitado la defensa de Sain. “La reserva o el secreto del sumario penal – argumentaba Patrizi en su resolución- tienen carácter excepcional y solamente pueden imponerse en aquellos casos y dentro de las condiciones que las normas legales o reglamentarias establecen; ello deriva de la publicidad de los actos que caracteriza a la forma republicana de gobierno. De lo expuesto – concluía-, no se advierte motivo alguno para continuar con la reserva, perjudicando el derecho de las personas a las que se le hizo conocer los derechos del imputado de imponerse de los motivos por los cuales se encuentra bajo investigación”.