La Legislatura santafesina está a un paso de sancionar una ley que regulará la actividad de las llamadas ‘ferias multipunto’, también conocidas como ferias internadas, cooperativas comerciales o de comerciantes, saladas o saladitas, en alusión al megaemprendimiento que funciona en Lomas de Zamora, provincia de Buenos Aires. A poco de caer la norma que prohibió por un año el funcionamiento de ese tipo de ferias, ahora en el Palacio Legislativo apuran un marco legal que establezca pautas de habilitación, de autorización, instalación, ampliación, modificación y aspectos relativos a su funcionamiento. La prohibición había sido la salida encontrada por las cámaras ante el intento de instalar una feria de este tipo en jurisdicción de Tortugas, dpto Belgrano, aprovechando la cercanía a la autopista que conecta Rosario con Córdoba.
Ferias multipunto: Santa Fe regulará el funcionamiento de las “saladitas”
El mes pasado, fue el Senado a instancias de Hugo Rasetto (UCR – Iriondo) quien dio media sanción a una regulación y en la última sesión Diputados aprobó con algunos cambios que obligan ahora a la Cámara Alta a una segunda revisión. “Esta regulación es separar la paja del trigo. Para que las ferias multipuntos tengan regla para funcionar en la provincia y que municipios y comunas tengan herramientas para habilitar y controlar” explicó el socialista Joaquín Blanco al fundamentar el voto unánime del cuerpo al dictamen que elaboró la Comisión de Asuntos Constitucionales. “Es un paso adelante para regular el comercio en blanco, para generar igualdad de condiciones; prevenir y evitar que mercados clandestinos provoquen redes de lo ilegal que repercuten en la seguridad pública” acotó el legislador.
El texto aclara que no comprende a establecimientos que funcionan bajo la forma de galerías comerciales, establecimientos gastronómicos y las ferias de la economía social que organicen los municipios y las comunas.
Entre los requisitos marco, la norma provincial valida la instalación de ferias multipunto de hasta 1.000 metros cuadrados en localidades de hasta 35.000 habitantes; de 1.500 metros cuadrados en poblaciones de entre 35.000 y 200.000 habitantes y de 2.500 metros para municipios de más de 200.000 habitantes. En tanto, prohíbe en dichos lugares la venta de bebidas alcohólicas; de productos pirotécnicos, armas o municiones de cualquier tipo; de animales vivos y actividades relacionadas con el juego de azar, apuestas o similares. En cuanto a productos alimenticios y bebidas la venta debe ser fuera del predio.
Según el texto, el trámite de autorización de la feria debe ser iniciado por el interesado en el municipio o comuna en el cual el emprendimiento procure radicarse siempre encuadrado en las previsiones de la ley de grandes superficies comerciales que tiene la provincia (N° 12.069). No obstante es el Ministerio de la Producción el encargado de controlar el cumplimiento final de la norma.
En su alocución, Blanco explicó que la intención de la Cámara es prevenir el fenómeno de ‘saladitas’ que arrancó en la década del 90 del siglo pasado en el partido bonaerense de Lomas de Zamora donde hoy existen entre 7 y 30 mil comercios -según los días- y pasan hasta 100.000 personas por día. Pero recordó que organismos internacionales de comercio consideran a esa feria entre las diez principales del mundo en falsificación de mercadería y la mayor de Sudamérica donde se da evasión fiscal, explotación laboral y otras irregularidades.
Por otra parte, Diputados votó y giró al Senado un proyecto de Paola Bravo (Lealtad Kirchnerista) creando en la órbita del Ministerio de la Producción, Ciencia y Tecnología una plataforma digital, marketplace, para la oferta y comercialización directa al público, de servicios y productos elaborados por empresas radicadas en la Provincia, cuya antigüedad sea mayor a un año.
Además y siempre relacionado con el comercio, votó un proyecto de Rubén Giustiniani y Agustina Donnet (Igualdad) regulando las relaciones de consumo de conformidad con los derechos reconocidos por el Artículo N° 42 de la Constitución Nacional y la Ley Nacional N° 24240, norma marco de Defensa y Protección de Consumidores y Usuarios.