Hay 1.200 vacantes para el ingreso a la policía de Santa Fe
Quienes quieran estudiar la Tecnicatura Superior en Seguridad Pública y Ciudadana con orientación Policial durante el ciclo lectivo 2022-2023, pueden inscribirse hasta el 31 de octubre. Hay 1200 vacantes.
El ministro de Seguridad de Santa Fe, Jorge Lagna, firmó la resolución Nº 1146/21, que establece que desde el 8 y hasta el 31 de octubre, inclusive, estará abierta la inscripción a la Tecnicatura Superior en Seguridad Pública y Ciudadana, con orientación Policía, que se dicta en el Instituto de Seguridad Pública (ISEP); y que habilita el ingreso a la carrera policial. Las inscripciones se realizan de manera online a través de la web www.santafe.gob.ar/seguridad
La presente convocatoria dará prioridad a aquellos aspirantes que tengan domicilio en los departamentos Belgrano, Iriondo, Caseros, San Lorenzo, Rosario, Constitución y General López, sin excluir el resto de la provincia.
Para la incorporación de los aspirantes, el ISEP implementará un proceso de selección que se dividirá en diversas etapas, las que finalizarán con la obtención de un orden de mérito decreciente para cubrir las vacantes otorgadas. Los postulantes convocados que ingresen en el orden de mérito y efectivamente comiencen con el cursado, percibirán una beca mientras dure la carrera.
Requisitos para la inscripción
A continuación se detallan los requisitos que deberán cumplir los aspirantes para poder inscribirse:
a) Ser argentino, nativo o por opción.
b) Tener entre 18 y 28 años de edad hasta el 30/06/2022 inclusive.
c) Tener título secundario o polimodal completo (excluyente sin adeudar materias a la fecha de la incorporación), el mismo deberá estar registrado por el Ministerio de Educación de la Provincia de Santa Fe.
d) Poseer condiciones de salud y aptitudes psicofísicas compatibles con el desempeño de las funciones correspondientes al Escalafón General, Subescalafón Seguridad de la Policía de la Provincia de Santa Fe, debiendo superar los exámenes psicológicos y médicos de ingreso.
e) No haber sido condenado por la justicia nacional o provincial, por delitos o contravenciones, haya o no cumplido la pena impuesta.
f) No encontrarse procesado por la justicia nacional o provincial, hasta que obtenga sobreseimiento definitivo o absolución con aclaración cuando la ley lo contemple, que el proceso no afecte su buen nombre y honor.
g) No ser empleado de la Administración pública nacional, provincial, municipal y/o comunal.
h) No haber sido destituido, cesanteado o exonerado de la Administración pública nacional, provincial, municipal y/o comunal.
i) Presentar la documentación necesaria en la forma y plazo que se establezca.