Venado Tuerto
La Cooperativa Eléctrica anunciará nueva modalidad de facturación tras fallo judicial
La concesionaria de Mitre y Belgrano anticipó que el lunes próximo brindará detalles a los medios sobre la implementación de un nuevo esquema de facturación, en cumplimiento con un reciente fallo del Juzgado Federal de la ciudad.
Sobre el mediodía de este jueves, las autoridades de la Cooperativa de Electricidad de Venado Tuerto enviaron una invitación a los medios de comunicación locales y regionales para asistir a una conferencia de prensa convocada para el próximo lunes 17, a las 11.30, en la sede social de Mitre 796, a los efectos de divulgar los cambios a implementar en la facturación del servicio eléctrico.
Esto es consecuencia de que el Juzgado Federal de Venado Tuerto, tras una presentación por parte de la CEVT, dispuso la suspensión de los efectos de la Resolución 267/2024, emitida por la Casa Rosada, y establece nuevas directrices para la inclusión de ciertos conceptos en las facturas de energía eléctrica.
Se trata del expediente N° 17338/2024, a través del cual la empresa cooperativa impulsó una acción judicial contra la Secretaría de Industria y Comercio de la Nación, atacando una presunta inconstitucionalidad de la citada resolución que impacta directamente en la facturación de la prestadora de servicios.
A modo de adelanto, desde la CEVT señalan que, a partir de la próxima facturación, se incorporarán los siguientes cambios:
- Tasa de Alumbrado Público: Incluir este concepto en las facturas con una identificación clara y detallada bajo el rubro "tasa de alumbrado público".
- Otros conceptos relacionados: Rubros como Ley Provincial N° 10.014, Ley Provincial N° 12.692 (energías renovables), capitalización para líneas de baja tensión, capitalización para inversión de bienes de uso y la Ordenanza Municipal 5507/2022 (obras de alumbrado público) deberán ser identificados de manera clara y detallada en las facturas. Además, se deberá informar explícitamente que el no pago de estos conceptos no conlleva la suspensión del suministro de energía, y estos ítem deberán estar troquelados para facilitar su identificación y posible separación en el pago.
Estas medidas estarán vigentes por un plazo de seis meses, conforme al artículo 5 de la Ley 26.854.
Dada la relevancia de estos cambios para los usuarios del servicio eléctrico, la CEVT, que también invitó a la reunión informativa a autoridades políticas locales y representantes de entidades intermedias, no sólo que ampliará detalles la semana entrante, sino que recomienda a los asociados y usuarios estar atentos a las comunicaciones oficiales para comprender plenamente las nuevas modalidades de facturación y sus implicancias.
Polémica Resolución 267
En un fallo que tiene algunas aristas en común con el caso que se describe más arriba, el juez federal subrogante Aurelio Cuello Murúa, actuando en el Juzgado Federal N° 1 de San Nicolás, había resuelto favorablemente una medida cautelar presentada por la Municipalidad de Pergamino. Esta decisión suspendió por un período de seis meses los efectos de la Resolución 267/2024 del Gobierno Nacional, la cual prohibió la inclusión de tasas o impuestos adicionales en las facturas de servicios públicos. Durante este lapso, la Municipalidad de Pergamino puede continuar cobrando dichas tasas a través de las facturas de energía eléctrica, decidió el magistrado. Además, instruyó a la empresa prestadora del servicio eléctrico a identificar de manera clara y detallada el rubro correspondiente a la "tasa de alumbrado público" en las facturas emitidas.
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