Le dio la razón a Rostom: Corte Suprema falló a favor del descanso dominical en supermercados
Hacía tiempo que un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación no calaba tan hondo en Venado Tuerto como el que acaba de dictar ratificando una ordenanza municipal de la ciudad cordobesa de Arroyito que prohíbe a los supermercados abrir los domingos. Y esto se debe a que en Venado Tuerto se suspendió una ordenanza similar -impulsada por la concejala Liliana Rostom en 2013- por miedo a sufrir una sanción económica ante la presentación judicial de uno de los supermercados que se consideró afectado por esa flamante normativa local.
Un poco después que en Venado, en Arroyito sancionaron una ordenanza semejante en agosto de 2014, bajo el título: “Descanso dominical del trabajador”, prohibiendo a los supermercados con 100 metros cuadrados o más, abrir los días domingo y fijando multas progresivas para los transgresores, llegando incluso a la clausura definitiva del comercio. Un empresario de dicha ciudad, de nacionalidad china, interpuso un recurso de inconstitucionalidad contra el Municipio de Arroyito y obtuvo un fallo favorable en el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba. Sin embargo, la causa siguió su curso pues el gobierno de la “ciudad dulce” (es la sede de la fábrica de golosinas Arcor) apeló la decisión al considerar que sólo buscaba “proteger a pequeños y medianos comerciantes y a los trabajadores en relación de dependencia”, y así desembocó en 2015 en la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que ahora falló en favor de los arroyitenses.
Junto con el Centro Comercial e Industrial, una de las principales promotoras del descanso dominical en nuestra ciudad fue la concejala Liliana Rostom, quien en la tarde de hoy se mostró exultante por el fallo del máximo Tribunal de la Nación, aunque aclaró que no se sentía sorprendida. “Siempre esperé un fallo favorable, siempre sostuve que una Municipalidad, a través de una ordenanza del Concejo, tiene atribuciones para decidir ciertos aspectos de la organización de la ciudad. Por ejemplo -graficó-, si se busca preservar un día tradicional de encuentro familiar, es muy importante que los supermercados, con mayoría de empleadas mujeres, no trabajen los domingos y puedan estar con sus hijos. Y en cambio, que los pequeños negocios de barrio, donde se trabaja en familia, entre el matrimonio y la ayuda de los chicos, sí puedan hacerlo los domingos para reforzar su economía hogareña”.
Más adelante, la edila de Nuevo Horizonte precisó que la ordenanza se aprobó a fines de 2013, estableciendo el cierre los domingos a las 13. Más adelante, en 2014, la Municipalidad adhirió a la ley provincial que sostenía el descanso en toda la jornada dominical. Sin embargo, uno de los “súper” afincados en la ciudad hizo un reclamo judicial y ante el miedo a una sanción económica, Venado Tuerto retrocedió años después en sus pretensiones. Así lo rememora la protagonista: “Recuerdo que la primera ordenanza del 2013 se limitaba al ‘medio descanso’ porque se podía trabajar hasta la una de la tarde. Después de varias reuniones con los supermercadistas hicimos una prueba por 90 días y se continuó con ese formato hasta que la Legislatura, en 2014, aprobó la ley provincial de descanso dominical, que se extendía a toda la jornada, y nuestro Concejo adhirió a la misma. Entonces varios supermercados hicieron reclamos ante la Provincia y el Poder Judicial, y tras un primer fallo favorable a las empresas y el posterior aval de la Corte santafesina, el entonces secretario de Gobierno, Jorge Lagna, fue al Concejo y sugirió suspender la medida, a fines de 2017, para evitar sanciones hasta tanto hubiera una sentencia definitiva”, detalló.
“Felicito a la Municipalidad de Arroyito, que acudió a la Justicia a defender su posición en contra de un supermercadista que no aceptaba el descanso dominical para sus empleados”, destacó la fundadora de Nuevo Horizonte. Y agregó: “Por supuesto que este fallo se produce en un contexto adverso, con cierres de comercios y restricciones generalizadas en medio de un agravamiento de la pandemia, pero esto se va a terminar algún día y entonces el descanso dominical será un reclamo masivo”, auguró Rostom.
“El descanso dominical siempre fue para mí una decisión de sentido común. Queremos familias unidas, queremos que madres y padres tengan tiempo de valor con sus hijos. Si esa es nuestra prioridad en este tema, el reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación no ha hecho más que aplicar sentido común”, remató.
Fundamentos del fallo
Luego de la audiencia pública para escuchar a las partes, el Máximo Tribunal emitió un fallo y avaló la ordenanza de Arroyito con los votos a favor de Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti, y la negativa de Carlos Rosenkrantz y Elena Highton de Nolasco.
Los magistrados consideraron que la ordenanza fue dictada con “fines constitucionalmente válidos y de competencia material del Municipio (tales como el fortalecimiento del vínculo familiar, la protección de pequeños y medianos comerciantes sin afectar negativamente los márgenes de ganancias de los supermercados, los intereses de los consumidores) y guarda proporcionalidad con tales fines, sin que se encuentre afectado el contenido esencial de la libertad de comercio, pues habilita su ejercicio pleno en los restantes horarios disponibles”.
Además, los jueces entendieron que los municipios son “independientes” de todo otro poder en el ejercicio de sus atribuciones, conforme a la Constitución y las leyes que en su consecuencia se dicten, y en particular, tras la reforma de 1987 de la Constitución de Córdoba, la cual reconoce a los municipios facultades propias de legislar en las materias que define y que le son exclusivas ‘en la búsqueda de un municipio ampliamente participativo y eficaz’.
Así, por mayoría, la Corte Suprema avaló por mayoría la “legitimidad democrática” de la decisión de la comunidad vecinal de Arroyito de cerrar los domingos adoptada en las actas, tras las dos asambleas públicas separadas por 10 años (2003 y 2014), y recalcó que la medida “tiene como objeto proteger un estilo de vida comunitario asumido por los vecinos y decidido por un amplio consenso”.