Lo acusaron de abusar de dos menores y la Justicia lo absolvió
Los fiscales Mariana Vidal y Horacio Puyrredón apelaron la absolución en primera Instancia de un hombre acusado de abusar sexualmente de las hijas de su pareja en la localidad de San Gregorio.
El fallo se conoció el último día hábil de 2021 y desde el tribunal consideraron que no eran suficientes las evidencias para condenar a M.K.
Los hechos en un principio ocurrieron durante 2017 y 2018, cuando las hermanas mellizas tenían entre 12 y 14 años y la madre se encontraba debilitada por un tratamiento que estaba llevando adelante para vencer un cáncer de mama.
El juicio comenzó el lunes 6 de diciembre y se extendió hasta el miércoles 15. La evidencia principal presentada desde el Ministerio Público de la Acusación (MPA) se basó en el testimonio de las adolescentes, el cual no fue considerado como prueba contundente por parte de los tres integrantes del tribunal: Eduardo Bianchini, Adrián Godoy y Benjamín Révori.
En consecuencia, el 15 de febrero, Vidal y Puyrredón presentaron una apelación ante la Cámara con el objetivo de revertir el fallo y que M.K. sea condenado a 20 años de prisión, tal cual lo habían solicitado en el juicio oral y público.
Los hechos
Según informaron desde el Ministerio Público de la Acusación, los hechos se registraron durante 2017 y los primeros meses de 2018.
La denuncia se basa en un abuso sexual con acceso carnal de dos adolescentes mellizas (menores de edad en ese momento) en la vivienda familiar, por parte de quien era la pareja de su madre.
Desde la Fiscalía solicitaron 20 años de prisión efectiva, con accesorios legales y costas, en tanto que la Defensa, en su alegato pidió la absolución de su cliente.
El acusado hacía 12 años que convivía con la madre de las hijas, que estaba en pleno tratamiento para enfrentar un cáncer de mamas, con lo cual se encontraba debilitada e imposibilitada de acompañar permanentemente a sus hijas.
En el juicio se expuso que las adolescentes pudieron romper el silencio y contarle a la hermana mayor lo que estaban padeciendo. Y ésta luego se lo transmitió a la madre, para radicar la denuncia poco tiempo después.
En un primer momento la investigación estuvo a cargo del fiscal de Rufino (ahora juez en Venado Tuerto), Mauricio Clavero.
Miradas opuestas
M.K. fue absuelto en primera instancia por falta de pruebas y “nosotros consideramos que la evidencia estaba, y como ocurre siempre en este tipo de casos, se basa en la declaración de las víctimas. Estos hechos de abusos se dan en la privacidad y a partir de ahí cualquier tipo de recolección de evidencia es bastante compleja. Por eso es fundamental creer en la persona que declara, en las víctimas de estos hechos”, sostuvo Mariana Vidal.
Desde el Tribunal manifiestan que falta evidencia contundente en la recolección de las pruebas para condenar a M.K., con lo cual, ante la duda, fue absuelto en primera instancia.
“Nosotros, desde el MPA, estamos convencidos de que las evidencias están, que las declaraciones son válidas. Por eso solicitamos la revocación de este resolutorio”, precisó la fiscal.
Doble declaración
En el inicio de la investigación, las jóvenes, al ser menores de edad, declararon en lo que se denomina Cámara Gesell. Pero al cumplir los 18 años, lo hicieron en el juicio oral y público, “con lo cual hubo una doble declaración de las víctimas en juicio y eso las afecta. Si a alguien le preguntan qué hizo en la Navidad de 2021, va a tener un relato. Pero si dentro de cuatro años le preguntan lo mismo, obviamente va a utilizar diferentes términos, otras palabras. Por eso decimos que no es válido que hayan tenido en cuenta las dos declaraciones durante el juicio”, precisó Vidal.
Por otro lado, el Tribunal “se basa en supuestas contradicciones de las víctimas en base a la declaración en la Cámara Gesell y a la declaración en el juicio. Contradicciones que para nosotros no son tales, sino que se trata de diferente utilización de terminología o detalles en los que no coinciden. Pero para los jueces fueron cuestiones fundamentales. Y hacen una valoración de la prueba con la cual no estamos de acuerdo”, añadió.
Por último, sostuvo que “este tipo de delitos son de una carga sumamente difícil de probar, porque habitualmente pasa en la intimidad. Por eso para nosotros es fundamental la declaración de la víctima y la credibilidad de la misma en la investigación. Y estamos convencidos de que el relato es contundente. Son dos las víctimas y una era testigo de lo que le ocurría a la otra. Y eso sube la vara a un nivel de credibilidad mayor. Realmente el fallo me sorprendió y fue muy difícil comunicárselo a las víctimas y a su familia”.
NOTA PUBLICADA EN LA EDICIÓN IMPRESA DE SUR24 DEL LUNES 28 DE FEBRERO