Solicitud rechazada
Megaestafa inmobiliaria: revés judicial al pedido de prisión domiciliaria para Di Benedetto
La presentación de la defensa estaba fundamentada en problemas de salud que atraviesa el abogado. Sin embargo recibió la negativa del tribunal integrado por los jueces Leandro Martín, Aldo Baravalle y Mariana Vidal. Conformidad de la Fiscalía local.
En una extensa audiencia que se llevó a cabo en horas de la mañana de este viernes, en los tribunales venadenses, los jueces Leandro Martín, Aldo Baravalle y Mariana Vidal rechazaron el pedido de prisión domiciliaria para Antonio Di Benedetto, quien fue condenado en la causa conocida como Megaestafa inmobiliaria, a 12 años de cárcel por ser considerado el jefe de una asociación ilícita dedica a apropiarse ilegalmente de campos y terrenos en Venado Tuerto, San Eduardo y Maggiolo.
En el primer tramo de la jornada, que comenzó pasadas las 8 tal como estaba previsto, la defensa del reconocido abogado local integrada por los hermanos Lucio y Ángelo Rossini, presentaron las fundamentaciones de la solicitud, que hacen referencia a problemas de salud que atraviesa interno y que podrían agravarse en prisión, incluso exhibieron una serie de informes médicos que hacían referencia a sus afecciones.
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Sin embargo, en su resolución, los jueces consideraron que su cuadro puede ser tratado en un establecimiento carcelario, con la recomendación que se aloje en un pabellón acorde a su edad. Incluso, se autorizó a una junta médica de la que participarán los profesionales del Ministerio Público de la Acusación (MPA) para evaluar su evolución.
Finalizada la audiencia, la fiscal Mayra Vuletic, quien relevó a Matías Merlo que está como interventor en el MPA de Rosario, se mostró conforme porque “se hizo lugar a todo el pedido de la Fiscalía”, con el agregado de que sea alojado en un lugar más propicio a su edad y condición, siempre dentro de un establecimiento carcelario.
“El espíritu de nuestro Ministerio es que las sanciones impuestas sean cumplidas del modo en que se han dispuestos, es decir, en este caso, en carácter efectivo”, había expresado previamente Vuletic.