Las obras sociales deben brindar cobertura total
Nueva reglamentación integral para la atención de víctimas de violencia de género en Argentina
Se incorpora al Programa Médico Obligatorio. La reglamentación entra en vigencia inmediatamente después de su publicación.
El Gobierno promulgó una reglamentación integral que busca brindar atención y cobertura completa a las personas víctimas de violencia de género. La reglamentación, basada en la Ley N° 27.696, tiene como objetivo principal incorporar un protocolo al Programa Médico Obligatorio (PMO) de las Obras Sociales Nacionales, para ofrecer un abordaje integral que abarque desde prácticas preventivas hasta terapéuticas.
La reglamentación, publicada en el Boletín Oficial este jueves, establece que las obras sociales contempladas en las Leyes Nros. 23.660 y 23.661, así como la Obra Social del Poder Judicial de la Nación, la Dirección de Ayuda Social para el Personal del Congreso de la Nación y entidades de medicina prepaga, entre otros, deben brindar cobertura total e integral a las prácticas y terapias médicas, psicológicas, psiquiátricas, farmacológicas y quirúrgicas, entre otras, necesarias para abordar la violencia de género.
Abordaje integral de personas víctimas de violencia de género
Violencia de género
De acuerdo con el artículo 4° de la reglamentación, la "Violencia de Género" se define como conductas basadas en razones de género que afectan directa o indirectamente diversos aspectos de la vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial de las personas, con especial atención a las mujeres. La reglamentación reconoce diferentes tipos y modalidades de violencia, incluyendo la física, psicológica, sexual, económica, patrimonial, simbólica y política.
Una de las innovaciones más destacadas es la creación del Sistema Integrado de Casos de Violencia por Motivos de Género (SICVG), que permitirá la sistematización de información sobre casos de violencia de género y facilitará la elaboración de políticas públicas para abordar este fenómeno a nivel nacional.
Se incluyen las terapias médicas, psicológicas, psiquiátricas, farmacológicas, quirúrgicas, y toda otra atención que sea necesaria.
El Ministerio de Salud será la Autoridad de Aplicación de la Ley y la Reglamentación, encargado de elaborar un Protocolo para la Atención Integral de la Salud de las personas en situaciones de violencia por motivos de género. Además, en coordinación con el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad, se llevarán a cabo medidas para la capacitación y efectiva implementación de este protocolo por parte de las entidades involucradas.
Las provincias, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los municipios están invitados a adherir a esta reglamentación, en una clara señal de compromiso para un abordaje integral y unificado contra la violencia de género.