Con la entrada en vigor de la mencionada ley, se dejaron sin efecto disposiciones anteriores relacionadas con los precios de adquisición de biocombustibles destinados a la mezcla obligatoria con combustibles fósiles. En consecuencia, la Secretaría de Energía estableció en la Resolución N° 852/2021 que los precios del bioetanol a base de caña de azúcar y maíz destinados al mercado interno se actualizarán mensualmente de acuerdo con la variación porcentual del precio en el surtidor de las naftas comercializadas por la empresa YPF SOCIEDAD ANÓNIMA en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Oficializan nuevo aumento del bioetanol, utilizado para la fabricación de combustibles
La Secretaría de Energía, a través de la Resolución 588/2023 publicada en el Boletín Oficial fijó en $123,422 por litro el precio de adquisición del bioetanol elaborado a base de caña de azúcar y del bioetanol elaborado a base de maíz; ambos destinados a su mezcla obligatoria con nafta.
Posteriormente, el Decreto N° 717/21 y sus modificaciones permitieron a la Secretaría de Energía establecer mecanismos alternativos para determinar los precios del bioetanol cuando se produjeran desfasajes sustanciales entre el precio resultante de la implementación de la mencionada Resolución N° 852/21 y los costos de elaboración de los biocombustibles.
Nuevos precios
En este contexto, la Secretaría de Energía, a través de la Resolución N° 554/2023, fijó los precios del bioetanol a base de caña de azúcar y maíz, que estuvieron vigentes hasta el 8 de julio de 2023. Tras analizar la información suministrada por YPF SOCIEDAD ANÓNIMA sobre la variación de los precios de las naftas, se decidió fijar el nuevo precio de adquisición del bioetanol para su mezcla obligatoria con nafta.
De acuerdo con la Resolución 588/2023, el precio de adquisición del bioetanol elaborado a base de caña de azúcar y maíz será de PESOS CIENTO SETENTA Y DOS CON SETECIENTAS CINCUENTA Y NUEVE MILÉSIMAS ($ 172,759) por litro. Este precio regirá a partir del 8 de julio de 2023 y se mantendrá vigente hasta que se publique un nuevo precio que lo reemplace.
Además, se establece que el plazo de pago del bioetanol no podrá exceder los TREINTA (30) días corridos a partir de la fecha de la factura correspondiente.
La disposición entrará en vigor a partir de su publicación en el Boletín Oficial, y se espera que contribuya a regular y promover el uso de biocombustibles en Argentina, fomentando la producción y comercialización de bioetanol a base de caña de azúcar y maíz en el país.