Un grupo de militares de Venezuela ingresó a Bolivia “con fines académicos” y por eso no se necesita el permiso legislativo, afirmó este lunes el ministro de Defensa, Edmundo Novillo, en respuesta a cuestionamientos de la oposición por la llegada del personal castrense bolivariano.
Polémica en Bolivia por la llegada de un grupo de militares venezolanos
“Este ingreso se ha realizado con fines de pasantía y con fines académicos, todos los que están presentes son de la Escuela de Altos Estudios Nacionales, Mariscal Antonio José de Sucre. Estos académicos tienen en su carrera militar una situación muy similar a nuestra Escuela de Altos Estudios Nacionales que tenemos los bolivianos”, explicó Novillo.
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Según la estatal agencia ABI y el sitio Fides, el ministro explicó que desarrollarán pasantías con fines académicos en la Escuela de Altos Estudios Nacionales, y por eso “no se requería de autorización legislativa”.
Aunque la Constitución indica que las tropas o fuerzas militares que salgan o ingresen al país deben contar previamente con autorización de la Asamblea Legislativa Plurinacional, también se la debe entender bajo la Ley Orgánica de las Fuerza Armadas (LOFA), explicó.
Según la norma militar, se define como “tropa o fuerzas militares, a personal militar que ingresa o que sale del país en posesión de armamento o a fin de realizar operaciones militares o acción cívica”, especificó Novillo.
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E insistió en que los militares venezolanos en Bolivia no tienen armas y no realizarán operaciones militares ni de acción cívica, estarán 10 días en el país.
Pedido de informes
A las críticas de algunos opositores en medios se sumó que el diputado de Comunidad Ciudadana (CC) Gustavo Aliaga envió a defensa una petición de informe con seis preguntas, entre ellas el número de efectivos que ingresó a territorio boliviano, el tiempo de permanencia y el motivo de su visita.
“Se solicitó la información correspondiente al ministro de Defensa, pero debemos recordar que la Constitución establece que la asamblea legislativa debe autorizar el ingreso de militares de otros estados al país”, dijo el legislador.
La discusión es por parte del artículo 158 de la Constitución que señala que la Asamblea Legislativa debe autorizar excepcionalmente “el ingreso y tránsito temporal” de fuerzas militares extranjeras.