Propuesta para reformar el Código Procesal Penal
Pretenden limitar los abreviados en la tramitación de dos delitos
Son los casos de atentado contra la vida en los que mediare dolo directo así como contra la integridad sexual. Es el medio alternativo más utilizado en el sistema penal.
Por Mario Cáffaro
Un proyecto de ley para limitar la aplicación de los procedimientos abreviados en causas penales ingresó la diputada Amalia Granata (Movimiento Integral Somos Vida). El objetivo es vedar esa salida alternativa prevista en el Código Procesal Penal en delitos contra la vida en los que mediare dolo directo o, en delitos contra la integridad sexual.
Para la legisladora, "el procedimiento abreviado es, en rigor, lo más cercano a privatizar el conflicto penal y someterlo, casi, a las reglas de un juicio civil -proceso eminentemente dispositivo-. Y, para algunos casos, ello es positivo. Pero para otros, es sumamente nefasto". El sistema de procedimiento abreviado es el más utilizado en el sistema penal de acuerdo a las estadísticas difundidas por el Ministerio Público de la Acusación. En el 2022 hubo procedimientos abreviados y 303 juicios orales en la provincia. EL cuadro estadístico no refiere a qué tipo de delitos se acordaron en abreviados.
Estadísticas del sistema penal en el último año. Fuente: MPA
Para Granata "algunos bienes jurídicos tutelados en los tipos penales no admiten que el conflicto sea reducido a una contienda entre privados donde el acuerdo libre de voluntades a cambio de una compensación económica soluciona la cuestión". Se pregunta en los fundamentos del proyecto qué mensaje se da al tejido social cuando a cambio de una reparación económica un imputado puede reducir la condena luego de haber atentado contra la vida de una persona o su integridad sexual, afectándola psicológica y emocionalmente de por vida.
La autora no habla en el proyectos de limitar el abreviado en delitos contra la propiedad, patrimonio o estafas. "Aquí, en el proyecto, están en juego derechos personalísimos que no pueden ser valuados a cambio de una eximición o reducción de pena. Por otro lado, en el caso de los delitos sexuales, nadie se ha planteado la altísima tasa de reincidencia y el riesgo que conlleva para terceras personas que los agresores sexuales permanezcan en libertad y no cumplan (o cumplan reducidamente) sus condenas". Pero también advierte que el procedimiento abreviado es una afrenta al principio de igualdad: los acuerdos entre víctima, acusado y fiscal siempre implican una compensación económica en favor de la primera. "Es decir que quien cuenta con medios económicos podrá favorecerse en la pena impuesta, pero quien carece de recursos para indemnizar el daño causado deberá afrontar la posibilidad de ser penada con el máximo de la escala penal. Claramente, no parece una solución justa ni un criterio válido a la hora de establecer la pena a quien delinquió. En el discurso progresista se escucha constantemente decir que las cárceles están llenas de pobres y que nadie toca a los delincuentes de guante blanco. Con este mecanismo procesal -propiciado por los mismos sectores progresistas/garantistas- este sesgo se acentúa".
Por otro lado cuestiona que una víctima de abuso sexual puede realmente negociar o acordar libremente los términos de un juicio penal con su abusador. "Al delincuente, particularmente en este tipo de delitos, ha de aplicársele la ley penal y su grado de culpabilidad evaluado según las circunstancias del caso. Colocar a la víctima en esta posición de tener que negociar o acordar con su abusador es una revictimización. No puede, en pos de aliviar la carga del sistema judicial, privatizar un conflicto donde los bienes jurídicos afectados son la vida y la integridad sexual".
La iniciativa en concreto pretende incorporar al Código Procesal Penal el artículo 339 Bis con esas dos limitaciones al instituto, uno de los previstos para aliviar la recarga del sistema penal de juicios en cuestiones que, en apariencia, no ponen en juego la paz social.
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Estadísticas
El informe de gestión 2022 del Ministerio Público de la Acusación señala que el último año se iniciaron 263.172 legajos fiscales. De estos se cerraron un total de 47.949 casos - de estos 14.020 sin autor identificado, y 33.929 con autor identificado-. En cuanto a los medios utilizados para la resolución fueron procedimientos abreviados (3.226); juicio oral (303); mediaciones (1.692) y conciliaciones (933)
Yendo más atrás, entre 2019 – 2022, se iniciaron 980.211 legajos fiscales. De estos se cerraron un total de 370.310 casos - de estos 98.571 sin autor identificado, y 271.739 con autor identificado-. Los medios utilizados para su resolución fueron los siguientes: procedimientos abreviados (11.543); juicio oral (1.056); mediaciones (6.332); conciliaciones (2.734) y suspensión juicio a prueba (3.744).
Ariel Cantero seguirá en Marcos Paz
La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó un planteo de Ariel Cantero, líder de la banda conocida como "Los Monos", por las condiciones de su detención en la cárcel federal de Marcos Paz, donde cumple una condena a 96 años de prisión por la acumulación de las sentencias de ocho juicios en los que fue declarado culpable por diversos delitos.
La defensa de Cantero presentó una denuncia contra las autoridades del Complejo Federal II de Marcos Paz y un habeas corpus correctivo en el que se alega que Cantero se encuentra hace unos diez meses aislado en una celda, sin contacto con otros internos, y que el lugar cuenta con 14 cámaras que monitorean constantemente el sitio, donde periódicamente se realizan requisas.
La Sala II de la Cámara Federal de San Martín confirmó el rechazo in limine de la acción de habeas corpus.
La defensa apeló esa decisión y la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso.
Llegado el caso hasta el Máximo Tribunal, la Corte, con la firma de Horacio Rosatti, Carlos Rosenktranz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, desestimó el planteo. De esta manera, Cantero seguirá detenido bajo un régimen de máxima seguridad.
Jaime Ferré
La Cámara de Diputados apoyó a Matilde Bruera (Lealtad Kirchnerista) en un pedido de informes presentado en relación a los 257 fetos (producto de abortos espontáneos) sobre los que se decidió durante, al menos 15 años, conservarlos y guardarlos en un armario en el Hospital Jaime Ferré de Rafaela, con intervención del médico Jorge Pérez, actual jefe del servicio de anatomía patológica de ese efector.
Los planteos al ministerio de Salud pasan por saber si si se ha iniciado una investigación administrativa o sumario al respecto; protocolo que se debe cumplir para descartar fetos, procedimiento para el caso en que sean necesarios para investigación científica y la información que debe brindarse a las personas afectadas; si se solicitó la autorización o el consentimiento informado por parte de las pacientes para conservar los fetos y si se le dio intervención a la dirección del Hospital.
También apunta a saber si en ese caso se ha violado la Ley 26529 de Derechos del Paciente así como si se ha tomado alguna medida tendiente a proteger a las pacientes afectadas, resguardando su identidad y el respeto a la privacidad a fin de evitar la victimización de las mujeres involucradas.