Ley de microtráfico
Primera condena por suministro de drogas en una cárcel santafesina
La sanción penal se conoció a menos de dos meses de que la Justicia Federal cediera terreno a la provincial en las investigaciones por venta al menudeo.
Por Juliano Salierno
Este viernes por la mañana la Justicia Penal santafesina dictó la primera condena por suministro de estupefacientes dentro de un establecimiento carcelario provincial, desde que la Justicia Federal cedió terreno al Ministerio Público de la Acusación (MPA) en la persecución del microtrtáfico de drogas a fines del año pasado.
La jueza en lo penal de Santa Fe, Celeste Minniti, impuso pena de 2 años de prisión en suspenso, más reglas de conducta, para la rosarina Florencia Damaris González (28), quien el lunes de esta semana intentó ingresar con 50,1 gramos de cocaína a la cárcel de Coronda. Asimismo, dispuso el decomiso para su destrucción del material estupefaciente secuestrado.
La sanción penal fue en un juicio abreviado celebrado este viernes en la Sala Nº 3 del subsuelo de los tribunales capitalinos, producto del acuerdo entre el fiscal del departamento San Jerónimo, Marcelo Nessier y el defensor particular David Villata.
Todas las semanas
Fuentes del MPA señalaron a El Litoral que se trata de la primera condena por microtráfico, específicamente por suministro de estupefacientes en una unidad carcelaria, desde que se puso en vigencia la nueva Ley de Microtráfico, el pasado 29 de diciembre de 2023.
Aunque se trata de una pena de prisión en suspenso, la fiscalía valoró la importancia de la medida judicial atento a la frecuencia con la que el personal del Servicio Penitenciario detecta este tipo de conductas, tanto en el ingreso de las visitas como en el regreso de presos que gozan del régimen de salidas transitorias.
Según expresó el fiscal Marcelo Nessier -que tiene bajo su jurisdicción la cárcel de Coronda- “todas las semanas se está encontrando material estupefaciente, en las visitas o en los presos que tienen salidas transitorias”, refirió a El Litoral; de allí la importancia que la comunidad conozca las sanciones que se aplican. Asimismo, destacó “la labor del Servicio Penitenciario al momento de realizar las requisas” personales y de bultos que ingresan al penal.
Paquete de yerba
En cuanto a la mujer condenada, fue detenida el lunes 19 de febrero al mediodía y al momento de la requisa en el sector de Admisión. González, iba a visitar a un preso rosarino del que sería amigo, no obstante, las autoridades del penal determinaron que se encontraba anotada para visitar a diez internos en total, uno de ellos de “alto perfil”.
Por el caso se le dio intervención a la Comisaría 1ra de Coronda y a personal de la PDI departamental, quienes labraron las actuaciones y constataron que el materia secuestrado es compatible con la sustancia prohibida.
Al parecer, la mujer pasó por el escáner sin sobresaltos, ya que el hallazgo de la droga se produjo al requisar manualmente la mochila, donde fue hallado un paquete de yerba con la cocaína dentro.
Tras notificar del episodio al Ministerio Público de la Acusación, fue trasladada a sede policial y luego a tribunales, donde el fiscal Nessier la imputó ante el juez penal Jorge Patrizi, por el delito de “suministro de estupefacientes a título gratuito en grado de tentativa, agravado por ser cometido en el interior de un lugar de detención” en carácter de autora.
“Suministro gratuito”
Para el fiscal Nessier, el delito no se agoto en una “tenencia simple”, sino que tenía por finalidad “suministrar al interno que visitaba” la sustancia estupefaciente que se encontraba disimulada dentro de un paquete de yerba.
En lo que va del año, se han producido otros casos de detección de personas con esta conducta, a las cuales en un principio se las imputó por “tenencia simple de estupefacientes, porque no se pudo acreditar que tenia fines de suministro”.
Pero al cabo de cierta recurrencia en el tiempo y ante el aumento de las cantidades secuestrada, desde el MPA se consideró aplicable la figura del “suministro a título gratuito”, que conlleva penas de entre 3 a 12 años de prisión, la cual se eleva si es en contexto de encierro, es decir, dentro de una cárcel.
Atenúa la sanción que al ser descubierto por el Servicio Penitenciario durante la requisa, el delito no se consumó, con lo cual queda en grado de tentativa y en tanto y en cuanto la persona acusada no tenga una condena previa, puede obtener la libertad.