Se renovó el cupo para comprar los US$ 200, aunque son cada vez menos los que pueden acceder al dólar ahorro. Para saber a cuántos está ese billete. al valor oficial de pantalla se le deben sumar dos impuestos: el 30% del impuesto PAIS y el 35% que se retiene a cuenta de Ganancias, y del que luego se puede pedir el reintegro.
Quiénes pueden comprar dólar ahorro: requisitos y restricciones
Requisito para comprar dólar ahorro
Para poder adquirir divisas a valor oficial, el ahorrista deberá ganar en mano al menos dos salarios mínimos, es decir, unos $ 175.974.
Por el aumento, en junio, del Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM), es que muchas personas quedaron fuera de esta posibilidad de compra. Pero este si bien es el principal requisito, o mejor dicho el requisito inicial, a la hora de evaluar si uno podrá o no comprar dólar para atesoramiento, no es el único.
Quiénes no pueden comprar dólar “ahorro”
Actualmente hay 12 condiciones diferentes impuestas por el Banco Central (BCRA) que pueden dejar a un ahorrista fuera del mercado de cambios oficial y, por tanto, sin cupo mensual de USD 200.
– Bajos ingresos: uno de los motivos que pueden limitar el acceso al mercado de cambios, es no contar con capacidad económica suficiente para operar, según los parámetros establecidos por el banco en el que opera cada persona.
– Subsidios: una de las últimas restricciones impuestas por el Gobierno, es que no pueden participar del mercado de cambios oficial quienes solicitaron mantener los subsidios en las tarifas de gas natural, energía eléctrica o agua potable. De hecho, cuando se anunció la medida, miles de usuarios dieron marcha atrás para poder seguir teniendo acceso al dólar oficial.
– Salarios asistidos: una de las condiciones más antiguas y también una de las más restrictivas, tiene que ver con la restricción para quienes hayan cobrado salarios asistidos por las ATP (Asistencia al Trabajo y la Producción). Se debe tener en cuenta que, si el empleador obtuvo el beneficio de ATP, la restricción se encuentra vigente, aunque ya no se perciba o el préstamo haya sido devuelto.
Se renueva el cupo de 200 dólares: las cotizaciones en el inicio de la semana
Las causales vinculadas con créditos y refinanciaciones se refieren a todo el sistema y no solo a una entidad. Por eso se debe verificar la situación tanto en la entidad con la que se quiere operar como en el resto de las entidades.
– Compras en el extranjero: Tampoco pueden acceder al mercado de cambios oficial quienes hayan realizado compras con tarjetas de crédito en moneda extranjera por el cupo mensual de USD 200 o más. En caso de que los gastos fuera del país se excedan de los USD 200, la persona no podrá acceder a comprar monedas extranjeras en el mercado oficial hasta que transcurran los meses suficientes para compensar el cupo excedido.
– Refinanciación de tarjetas: están fuera del mercado formal todas las personas que tienen alguna refinanciación de cuotas en las tarjetas de crédito activa.
– Préstamos vigentes: tampoco están habilitados para acceder al cupo de USD 200 las personas que están pagando préstamos prendarios o hipotecarios en UVA con refinanciación.
– Beneficiarios del IFE: así como persiste la prohibición para quienes cobraron sueldos con la asistencia de las ATP, también rige la restricción para quienes recibieron subsidios IFE (Ingreso Familiar de Emergencia).
– Subsidios de PAMI: tampoco las personas que recibieron o reciben subsidios del PAMI están habilitadas para acceder al cupo de USD 200 mensuales.
– Transacciones de títulos: aunque es una restricción menos “masiva” que las anteriores, se debe considerar que no se puede ingresar al mercado oficial de cambios si se hicieron operaciones con títulos valores en los últimos meses.
– Inhabilitación: está prohibida la compra de moneda extranjera para aquellas personas que, mediante las comunicaciones C del Banco Central, fueron oficialmente suspendidas por el organismo.
– Sin registro: para poder comprar dólares oficiales, es condición fundamental tener dado de alta el número de CUIT. Es decir que, si no existe información tributaria en la AFIP, no se tiene acceso al mercado.
– Exceso de compra: si bien no es un limitante de acceso propiamente dicho, el BCRA aclara en su sitio que no pueden acceder al mercado de cambios quienes ya hicieron uso de su cupo mensual de USD 200 y quienes superaron el cupo mensual de USD 100 para adquisiciones en efectivo.