Aval a otro mensaje del Poder Ejecutivo sobre seguridad
Regulan el régimen penal ejecutivo para los privados de la libertad en la provincia de Santa Fe
Diputados introdujo cambios que el Senado convalidó en la misma jornada. Capítulo especial para el tratamiento de los llamados "presos de alto perfil".
La Legislatura sancionó este jueves otras dos leyes del paquete de las normas sobre seguridad pública que remitió el Poder Ejecutivo a las cámaras: una ley que regula la ejecución de la pena privativa de la libertad y la Agencia de Medidas no Privativas de la Libertad. Ambos temas fueron considerados en la misma jornada por las dos cámaras y en el caso de la primera, Diputados introdujo algunas reformas al texto aprobado por el Senado siete días atrás. A los pocos minutos, la Cámara Alta convalidó los cambios y convirtió en ley ese mensaje.
Ahora le resta a la Legislatura el acuerdo para otros proyectos como la creación de una agencia de inteligencia; las reformas al Código Procesal Penal y a los principales institutos: el Ministerio Público de la Acusación y el Sistema de la Defensa Pública, temas donde todavía no están logrados los consensos suficientes para votarlos en el recinto.
"Es una herramienta que sumamos a las votadas siete días atrás para organizar el Estado y recomponer la autoridad en la batalla contra la violencia y el narcotráfico", afirmó José Corral (UCR - Unidos) al presentar en el recinto el texto a votar sobre la ley de ejecución de la pena privativa de la libertad. "Venimos a cumplir con el compromiso de campaña de nuestro gobernador, de legislar para mejorar la política de seguridad" agregó el miembro informante de la mayoría. Los diputados oficialistas aceptaron algunas modificaciones solicitadas por el justicialismo y por Unite para consolidar una sólida mayoría a la hora de votar. Solo se abstuvieron los tres diputados del Frente Amplio por la Soberanía y los dos de Viva la Libertad.
Corral explicó los alcances de la ley, los objetivos e incluso se detuvo en el capítulo especial referido a los detenidos de alta peligrosidad. "Es una ley basada en el conocimiento de nuestro gobernador que fue ministro de Seguridad y del ministro actual que estuvo al frente del Servicio Penitenciario", advirtió. Valoró los aportes introducidos por algunas legisladoras de Unidos e incluso de Celia Arena (PJ) y de Emiliano Peralta (Unite),
Enseguida Lucila De Ponti (PJ) destacó el camino del diálogo en el proyecto y lo contrapuso a la actuación del oficialismo siete días antes que avanzó con proyectos sin debate en comisiones. "Es saludable esta discusión, darle herramientas a la justicia más allá de algunos reparos que podemos tener con el capítulo de alta peligrosidad. Su par, Verónica Baró Graf también valoró el debate y subrayó que lograron la inclusión de que las víctimas puedan ser escuchadas en esta norma.
Las comisiones de Asuntos Constitucionales y de Derechos y Garantías estuvieron puliendo la letra chica de la ley hasta el inicio de la sesión con la mirada atenta del Senado para aceptar los cambios. Después, en el recinto la Comisión de Presupuesto y Hacienda hizo el dictamen y lo firmó en un cuarto intermedio.
El proyecto sancionado regula los institutos propios del régimen de progresividad, incluso las salidas transitorias y semilibertad, con relativa autonomía de la legislación nacional vigente en la materia. El Poder Ejecutivo entendió que "el acople normativo es necesario y buscado por el texto, a punto tal que se toma como base para el cálculo de las principales etapas la fecha estimada de puesta en libertad según la legislación de fondo".
En cuanto a los institutos de soltura anticipada, guardan proporción con las normas nacionales que regulan la libertad condicional y la libertad asistida, evitando la salida anticipada de condenados no susceptibles de liberación bajo estos títulos, con el riesgo agravado de incumplimiento que la falta de perspectivas liberatorias previsiblemente genera.
La norma incorpora el régimen de internos de alto perfil, que hasta ahora tiene una base normativa de carácter meramente reglamentario. Además crea la Cámara de Apelaciones de Ejecución Penal y Supervisión Carcelaria, organismo que concentrará las apelaciones en materia de ejecución penal y hábeas corpus, y tendrá competencia consultiva para anticipar criterios de interpretación y aplicación de la ley penal-ejecutiva. Este artículo fue votado en contra por la bancada justicialista entendiendo que genera un mayor gasto y choca con otras normas.
"El régimen penitenciario será progresivo, y estará segmentado en períodos que implicarán sucesivamente mayores niveles de autodeterminación personal. El avance a través de dichos períodos, y en particular el otorgamiento de salidas transitorias, semilibertad, libertad condicional y libertad asistida, estará supeditado al activo involucramiento en el programa de tratamiento y a la reducción comprobable del riesgo de reiteración delictiva", dice el artículo 6.
Dispone además que los regímenes de salidas transitorias, semilibertad, libertad condicional, libertad asistida y prisión domiciliaria, como así también las medidas no privativas de libertad o de atenuación de la coerción serán supervisadas por la Agencia de Medidas no Privativas de Libertad, creada por otra ley dictada este jueves.
Un artículo dispone que la administración penitenciaria proveerá al interno de vestimenta acorde al clima y a la estación, si éste no tuviere, para usarla en el interior del establecimiento y también regula normas de alimentación. También se ocupa de reglar las faltas y las sanciones por cometer faltas por parte de los internos. Otro del régimen de visitas y de comunicaciones.
Plenario
Un plenario de cuatro comisiones fue convocada para el miércoles próximo en la Cámara de Diputados para buscar un dictamen sobre otro proyecto en materia de seguridad. Es la propuesta del Poder Ejecutivo para regular la actividad de producción y gestión de información para la prevención del delito. El tema tiene controversias incluso dentro de Unidos mientras que los bloques de la oposición sugieren algunos cambios al mensaje.
Alto perfil
El capítulo 11 de la ley apunta a las normas de trato para los internos de alto perfil, definiendo como tal a aquellos internos que hayan tenido participación o contacto relevante con organizaciones criminales complejas y/o ligadas al narcotráfico; existencia de indicios de participación en atentados, actos de fuerza, agresión o amenaza hacia los poderes públicos, o en hechos de violencia hacia particulares fuera de su lugar de alojamiento, por sí o por medio de allegados u organizaciones criminales. También a aquellos con antecedentes de evasión, atentado o resistencia a la autoridad policial o penitenciaria, participación en motín o tumulto o con disponibilidad de recursos humanos, económicos, financieros, materiales, logísticos o de cualquier otro tipo, que hicieran presumir cualquiera de las circunstancias antes mencionadas.