Lo definió el juez de Segunda Instancia, Lavini Rosset
Revés para el Hermano Pedro: será juzgado en Venado Tuerto por abuso sexual
Su abogado defensor había solicitado que dos de los casos tramiten en la justicia cordobesa.
El Juez en lo penal de Segunda Instancia, Juan Pablo Lavini Rosset, no hizo lugar a los planteos realizados por el abogado defensor del “Hermano” Pedro, y el religioso será Juzgado en Venado Tuerto por cuatro hechos de abuso sexual contra alumnas que cursaban 6° y 7° grado en el colegio Sagrado Corazón durante los años 2018 y 2019.
La audiencia se llevó adelante en la mañana de este miércoles, comenzando a las 8:30 horas y extendiéndose hasta las 11.
Arsenio Domínguez presentó tres agravios, pero el principal consistió en que parte de la causa tramite en la justicia cordobesa, ya que dos de los casos denunciados se habrían registrado en la pileta de un hotel en Santa Rosa de Calamuchita.
Luego de la exposición del abogado penalista, llegó el turno de la argumentación de la parte querellante, representada por Ana María Regidor, y de la fiscal Florencia Schiappa Pietra.
Posteriormente, y tras un cuarto intermedio, el juez dio a conocer verbalmente la resolución, no haciendo lugar a ninguno de los agravios, y ordenando a la Oficina de Gestión Judicial (OGJ) que fije fecha para el inicio del juicio contra Pedro Ortiz y Hontoria, ex director del nivel primario del establecimiento educativo.
“Se resolvió que continúe interviniendo la justicia penal de Venado Tuerto y que se realice el juicio tan pronto como sea posible”, sostuvo Juan Pablo Lavini Rosset.
A la hora de fundamentar la decisión, precisó que “uno de los principios procesales tiene que ver con el principio de ubicuidad: donde ocurre el hecho delictivo, es la competencia de la justicia. Sin embargo, esa no es una regla absoluta, porque intervienen otras consideraciones que tienen raigambre superior constitucional”.
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Y en esta causa, “la investigación inició en Venado Tuerto hace varios años con presuntas víctimas de esta ciudad. Toda la investigación ocurrió en Venado, la sustentación de la causa, la declaración de las niñas en cámara Gesell. Por lo tanto, lo correcto era confirmar la continuidad en la causa de la justicia de esta ciudad. Y una vez que se dicte el auto de apertura por el tribunal de primera instancia, se fije a través de la OGJ la audiencia de juicio lo más rápido posible”, añadió el magistrado.
Por último, señaló que debe hacerse hincapié en “el derecho de las víctimas de un acceso a la justicia. Y al de una justicia eficaz, pronta, célere. Y esos son los compromisos que asumió el estado argentino para dar respuesta a víctimas vulnerables, mujeres, víctima de delitos sexuales, niñas al momento de ocurrir los hechos”.