Sain habla de una “persecución política” y “desviación de poder”
Por Emerio Agretti e Ivana Fux
El Litoral
El ex ministro de Seguridad Marcelo Sain pidió a la Justicia que declare “manifiestamente ilegítima e inconstitucional” la aplicación de manera retroactiva de la ley 14.016 y que ordene a la Comisión de Acuerdos de la Cámara de Diputados de la Provincia que “se abstenga de tomar cualquier medida disciplinaria o precautoria” (para el caso suspensión preventiva de su desempeño como director del Organismo de Investigaciones del Ministerio Público de la Acusación) basada en esa norma y en el sumario que tiene abierto.
Precisamente, dicha comisión resolvió esta semana avocarse a la presentación realizada por el fiscal regional Rubén Martínez, y dictaminó a favor de su pedido de suspender a Sain en el ejercicio de sus funciones, hasta tanto finalice la investigación. Ya fue convocada para el próximo jueves una sesión conjunta de ambas cámaras legislativas a fin de convalidar ese dictamen. De ser así, Sain será suspendido por seis meses y también se le suspenderá el cobro de su salario hasta en un 50 por ciento.
Para evitarlo, Sain presentó un recurso de amparo ante la Justicia laboral de Rosario. El escrito, de 90 páginas, al que accedió El Litoral, enumera prolijamente las circunstancias que llevaron a esta instancia y los motivos por los cuales a su entender no corresponde aplicarle sanciones por las acciones supuestamente cometidas en el ejercicio de un cargo que ya no desempeña, que es el de ministro de Seguridad de la provincia.
Sain fue denunciado ante la comisión de Acuerdos por el fiscal regional Carlos Arietti, imputándolo de haber convalidado torturas y tratos denigrantes a detenidos en el ámbito del departamento La Capital, de haber actuado de manera irregular en un proceso de licitación para la compra de armas, de “conductas injuriantes” hacia otros funcionarios, y tomando en cuenta que las investigaciones penales que se instruyen en su contra derivan en incompatibilidad para estar al frente del Organismo de Investigaciones.
Sain considera que la ley 14.016, que faculta a la Legislatura a suspender a fiscales, defensores y funcionarios de alto rango del MPA y la Defensoría General, además de quebrar la división y el equilbrio de poderes, “fue dictada a poco tiempo del comienzo de una persecusión política” en su contra, “que comenzó en marzo de 2021 y ahora culmina con la suspensión en el cargo que se dispone”. Al punto que recoge para identificar a esa norma la denominación de “ley anti Sain”.
Para el funcionario, la norma está hecha “a medida”, para que él no pueda volver a ejercer el cargo de Director del Organismo de Investigaciones, “estableciendo un régimen de incompatibilidades específicamente diseñadas para este caso concreto, y posibilitando que sea la Legislatura santafesina, la encargada de aplicar sus disposiciones”.
Sain añade que la ley, que el Poder Ejecutivo vetó, pero quedó consagrada por insistencia legislativa, además de ser inconstitucional por vulnerar la división de poderes, “no previó expresamente retroactividad alguna, con lo cual no cabe duda de su irretroactividad. Y si lo hubiere hecho habría avasallado garantías constitucionales”.
En otro tramo, el ex ministro alude a la “vaguedad semántica” del concepto de “mal desempeño en el cargo”, lo cual da lugar a suficiente amplitud como para incluir allí “cualquier conducta” que quiera el legislador instructor. Y que además se está ante un caso de “desviación de poder”, que se configura “cuando un agente administrativo realiza un acto de su competencia, respetando en la mayor parte de las ocasiones las formas legales para ello, pero utilizando su poder con fines distintos de aquellos en vista de los cuales la autoridad le fuera conferida”.