El Poder Ejecutivo santafesino dictó el decreto 1155, con fecha 7 del corriente mes, por el cual dispone la coparticipación a municipios y comunas, para el presente ejercicio fiscal, del Fondo de Financiamiento Educativo establecido por el gobierno nacional en sucesivas leyes presupuestarias. Además del gobernador Omar Perotti, el instrumento lleva las firmas de los ministros de Educación (Adriana Cantero); Gestión Pública (Marcos Corach) y de Economía (Walter Agosto), carteras que deberán validar el giro de los recursos.
Santa Fe: 5.700 millones para municipios con destino al sistema educativo
Son $5.792 millones de pesos que el gobierno provincial transferirá a municipios y comunas “en doce cuotas iguales, mensuales y consecutivas a partir del mes de julio de 2022”. La cifra representa el 13,4372% que es la determinación fijada por la ley 7.457. De todas maneras, las comunas recibirán la parte correspondiente en forma mensual mientras que para los municipios hay todo un procedimiento a seguir.
En el decreto, las ocho primeras páginas están destinadas a los antecedentes legales de este fondo federal surgido en la ley de Presupuesto Nacional 2006 por un plazo de cinco años “con la finalidad de garantizar condiciones equitativas y solidarias en el sistema educativo nacional”, pero que fue prorrogándose en sucesivos presupuestos.
En el decreto 1155 de este año, el gobierno provincial replica el esquema de los decretos anteriores, en especial del decreto N° 830/21 por el cual se instrumentara la distribución correspondiente al año 2021. En su primer artículo dispone que a cada localidad le corresponderá un monto anual que resultará de aplicar, sobre el importe a recibir por la provincia en concepto de Fondo de Financiamiento Educativo, los coeficientes de distribución primaria y secundaria de distribución de la coparticipación federal”. Dicho importe sería el crédito total de cada municipio o comuna en concepto de este fondo.
El artículo 4 es el más extenso y regula cómo se salda la diferencia entre lo que le corresponde a cada municipio y lo aportado automáticamente. Se fijan allí los criterios de aplicación de ese dinero: inversión en edificios escolares; acompañamiento y sostenimiento de las trayectorias escolares fragilizadas; proyectos de intervención e inclusión socioeducativa que garanticen el derecho a la educación; asistencia técnica para la formulación de proyectos socioeducativos; fortalecimiento y financiamiento de equipos territoriales educativos y a la promoción y financiamiento de recursos tecnológicos.
Para recibir ese saldo, el municipio deberá presentar la solicitud ante la Secretaría de Integración y Fortalecimiento Institucional del Ministerio de Gestión Pública detallando en cuál de los conceptos encuadrará la inversión de los fondos solicitados. Luego, una comisión integrada por funcionarios de tres carteras (Educación, Economía y Gestión Pública) analizará la elegibilidad del gasto según el concepto invocado por el municipio en su solicitud. Si el análisis resulta favorable, el Ministerio de Gestión Pública transferirá el saldo al municipio solicitante.