El Gobierno a través de la Resolución 1550, puso en marcha el “Programa de Apoyo a la Registración (PAR)” en el marco del “Plan Nacional de Regularización del Trabajo (PNRT).” Esta iniciativa busca brindar asistencia a los trabajadores no registrados, llevando a cabo acciones de fiscalización para regularizar su situación laboral y protegerlos ante posibles despidos.
Seguro de Desempleo: ya rigen los cambios en las modalidades de inscripción
Uno de los componentes fundamentales del programa es el “Seguro por Desempleo,” el cual fue detallado en la Resolución N° RESOL-2023-596-APN-MT del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. Este seguro tiene como destinatarios/as a aquellos/as trabajadores/as que hayan sido detectados/as en situaciones laborales informales durante las inspecciones realizadas en el marco del PNRT y que, posteriormente, sean despedidos/as por sus empleadores/as.
El acceso al Seguro por Desempleo requerirá que los trabajadores presenten ante la “Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES)” la copia del acta de inspección realizada, el telegrama Ley Nº 23.789 enviado al empleador y la constancia de denuncia correspondiente en la “Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)”. Estos documentos servirán para demostrar que el trabajador o trabajadora fue parte del Programa de Apoyo a la Registración y, en caso de ser despedidos/as, podrán acceder a la prestación por desempleo.
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Para facilitar la implementación del Seguro por Desempleo, se aprobó un modelo de “Constancia de Inspección.” Esta constancia será emitida por el organismo que haya realizado la fiscalización y contendrá información relevante que identificará la actuación llevada a cabo, así como los datos sobre el empleador y el trabajador o trabajadora en cuestión.
Es importante destacar que el plazo para obtener la Constancia de Inspección es de 90 días hábiles, contados desde la finalización de la relación laboral. Durante este período, el trabajador o trabajadora deberá solicitar personalmente dicha constancia ante el organismo que realizó la fiscalización en su caso particular.

Con estas medidas, el Gobierno busca promover la formalización del empleo y brindar una red de contención para aquellos/as trabajadores/as que hayan sido regularizados/as dentro del Programa de Apoyo a la Registración y, lamentablemente, enfrenten la situación de desempleo posteriormente.
El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social comunicó la implementación de esta medida, que entra en vigor de manera inmediata. Se espera que el programa beneficie a una significativa cantidad de trabajadores y contribuya al mejoramiento de las condiciones laborales en el país.
Qué es el Seguro de Desempleo y quiénes pueden cobrarlo
El Seguro de Desempleo o Prestación por Desempleo es un beneficio a través de la cual el Ministerio de Trabajo se propone contrarrestar la caída abrupta de ingresos generada por la pérdida involuntaria del empleo, reducir el riesgo al desaliento y ayudar a la búsqueda y selección de un nuevo trabajo, según repasa en su sitio web.
Está dirigido a los trabajadores asalariados registrados, legalmente despedidos “sin justa causa” o “por fuerza mayor”, o bien que hayan perdido su puesto laboral por quiebre de la empresa.

Cuánto se paga de Seguro de Desempleo
Todas las personas que acceden al seguro de desempleo reciben:
- Una suma en dinero (prestación básica dineraria) mensual;
- Pago de Asignaciones Familiares;
- Cobertura médico asistencial;
- Reconocimiento de la antigüedad para la jubilación,
- Posibilidad de cobrar juntas todas las cuotas del Seguro por Desempleo para desarrollar un emprendimiento (Modalidad de Pago Único).