Trece años de prisión para venadense que abusó por 10 años de una menor y otras dos niñas
Un hombre de 38 años, identificado como Daniel Alberto Galichini, fue condenado a 13 años de prisión como autor de abusos sexuales en perjuicio de tres niñas -que actualmente son mayores de edad-, cometidos en Venado Tuerto.
La sentencia fue resuelta por un un tribunal integrado por los jueces Silvina Marinucci (presidenta), Lorena Garini y Mauricio Clavero, en el marco de un juicio oral que se realizó en los tribunales venadenses.
La fiscal que representó al MPA es Florencia Schiappa Pietra, quien indicó que “estamos conformes con lo resuelto por los magistrados, ya que el monto de la pena impuesta es apenas dos años menor a la que pedimos en la acusación”. Asimismo, valoró que “las tres víctimas fueron escuchadas por el tribunal”.
Por otro lado, Schiappa Pietra mencionó que “dado que Galichini transitó el proceso judicial en libertad, tras conocer el veredicto solicitamos su prisión preventiva hasta que el fallo quede firme”, y agregó que “la Querella hizo el mismo requerimiento”. En tal sentido, manifestó que “los jueces otorgaron la medida con efecto suspensivo, por lo que regirá una vez agotada la vía recursiva en relación a la cautelar”.
Abusos
La fiscal afirmó que “en el debate quedó demostrado que Galichini vulneró la integridad sexual de una de las niñas durante alrededor de 10 años”, e indicó que “los primeros abusos sucedieron cuando la víctima tenía edad para ir al jardín de infantes”.
Por otro lado, planteó que “logramos probar que el hombre atacó a las otras dos niñas durante por lo menos dos años y que estos hechos ilícitos comenzaron a ocurrir cuando ellas transitaban la escuela primaria”.
Según sostuvo la funcionaria del MPA, “el hombre de 38 años llevó a cabo su accionar delictivo en diferentes viviendas en las que por distintas circunstancias se quedó a solas con las víctimas”.
Delitos
Al condenado se le endilgó la autoría de abuso sexual gravemente ultrajante agravado (por la guarda y por haber sido cometido en contra de una menor de 18 años, aprovechando la situación de convivencia preexistente); y de abuso sexual gravemente ultrajante.