Veda electoral: qué se puede hacer y qué no mientras rige
Desde las 8 de la mañana de este viernes 12 y hasta el domingo 14, cuando se celebren las elecciones generales legislativas, regirá en toda la República Argentina la veda electoral para que, según lo establecido por la ley, los votantes puedan disponer de un tiempo para reflexionar sobre su decisión “sin la influencia de la campaña política”.
Se trata de un período de 48 horas antes del inicio de la votación y hasta tres horas después del cierre de los comicios. Alcanza todo tipo de declaraciones de propaganda política por parte de candidatos, funcionarios o comunicadores sociales, y la difusión de encuestas y sondeos preelectorales.
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La veda está reglamentada por el artículo 71 del Código Electoral. De acuerdo a esa normativa, las siguientes acciones están restringidas:
*Actividades de campaña y difusión de mensajes proselitistas a través de los medios de comunicación impresos y digitales, televisivos y radiales
*Publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección durante la realización de los comicios y hasta tres horas después de su cierre. Es decir, hasta las 21 del domingo 12 de septiembre.
*Está restringida la realización de espectáculos masivos, culturales, sociales o deportivos, al aire libre o en lugares cerrados, mientras las urnas estén abiertas y hasta las 21 del domingo.
*Tampoco se podrán vender bebidas alcohólicas, desde las 20 de este sábado y hasta que se cumplan tres horas de finalizados los comicios.
*Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros (80 m.) de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino.
*La utilización de las viviendas como depósitos de armas, la apertura de organismos partidarios y la distribución de boletas de sufragios a los electores.
*La prohibición de portar banderas, distintivos o insignias partidarias.
El Litoral